CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE PAPEL SOPORTE PARA DECORAR PAREDES

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El papel soporte es la parte del papel que va pegada a la pared y que lleva sobre ella la capa impresa con el diseño elegido. El soporte es muy importante porque da resistencia al papel que, de otra forma, al entrar en contacto con el pegamento se estropearía y sería imposible de colocar. Entre los soportes disponibles tenemos dos opciones, o bien papel o bien TNT.

 En 2020, Papel soporte para papeles de decorar paredes, sin estucar ni recubrir fué el producto número 3943ro más comercializado en el mundo, siendo comercializado por un total de $116M. Entre 2019 y 2020 las exportaciones de Papel soporte para papeles de decorar paredes, sin estucar ni recubrir decreased en un -17,8%, desde $141M a $116M. El comercio de Papel soporte para papeles de decorar paredes, sin estucar ni recubrir representa 0,00069% del total de comercio mundial.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de la mercancía descrita anteriormente y la determinación de su partida arancelaria se fundamenta en: 

Regla General Interpretativa 1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:

Regla General Interpretativa 2a: “Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía.”

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

NOTAS DE CAPÍTULO

Según las notas explicativas presentes en el Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón, establece que:

  • Nota 5: “En la partida 48.02, se entiende por papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), el papel y cartón fabricados principalmente con pasta blanqueada o con pasta obtenida por procedimiento mecánico o químico-mecánico y que cumplan alguna de las condiciones siguientes:

Para el papel o cartón de peso inferior o igual a 150 g/m2:

  1. un contenido de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior o igual al 10%, y
  • un peso inferior o igual a 80 g/m2, o
  • estar coloreado en la masa;
  1. un contenido de cenizas superior al 8%, y
  • un peso inferior o igual a 80 g/m2, o
  • estar coloreado en la masa;
  1. un contenido de cenizas superior al 3% y un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60%;
  2. un contenido de cenizas superior al 3% pero inferior o igual al 8%, un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60% y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2.5 kPa·m2/g; o
  3. un contenido de cenizas inferior o igual al 3%, un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60% y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2.5 kPa·m2/g;

Para el papel o cartón de peso superior a 150 g/m2:

  1. estar coloreado en la masa;
  2. un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60%, y
  • un espesor inferior o igual a 225 micras (micrómetros, micrones), o
  • un espesor superior a 225 micras pero inferior o igual a 508 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 3%;
  1. un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60%, un espesor inferior o igual a 254 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 8%.

Sin embargo, la partida 48.02 no comprende el papel y el cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té) ni el papel y cartón fieltro

  • Nota 7: “Salvo disposición en contrario en los textos de partida, el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que puedan clasificarse en dos o más de las partidas 48.01 a 48.11, se clasificarán en la que, de entre ellas, figure en la Nomenclatura en último lugar por orden de numeración.”

NOTAS EXPLICATIVAS DE SUBPARTIDA

Las notas explicativas de subpartida del Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón que:

“Subpartidas 4810.13, 4810.14, 4810.19, 4810.22 y 4810.29

El papel y cartón comprendido en estas cinco subpartidas es el mismo que sin estucar se clasifica en la partida 48.02.”

CONSIDERACIONES GENERALES 

Las consideraciones generales del Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón que:

En las Notas Explicativas de este Capítulo, y salvo disposición en contrario, el término papel abarca al mismo tiempo el cartón y el papel, sin tener en cuenta el espesor o el peso por metro cuadrado.

El papel se compone de las fibras celulósicas de la pasta del Capítulo 47 entremezcladas y aglomeradas en forma de hojas…

 Para determinar las propiedades físicas del papel y cartón del Capítulo 48 y con el fin de evitar cualquier incoherencia que pueda resultar de la aplicación de diferentes métodos de ensayo, es especialmente deseable que todas las administraciones utilicen los de la Organización Internacional de Normalización (ISO).”

CAMPO DE APLICACIÓN

Según lo mencionado en sobre el campo de aplicación del Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón que:

“Este Capítulo comprende:

El papel y cartón, la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa, de cualquier clase, en bobinas (rollos) o en hojas, repartidos así:

  1. Las partidas 48.01, 48.02, 48.04 y 48.05 comprenden el papel sin estucar ni recubrir fabricado mecánicamente, que puede estar encolado o haberse sometido a operaciones elementales de acabado (por ejemplo, alisado, satinado o glaseado). La partida 48.02 comprende igualmente el papel hecho a mano sin estucar ni recubrir, que puede haberse sometido a las mismas operaciones. La partida 48.03 se refiere al papel sin estucar ni recubrir para usos domésticos, de higiene o de tocador, a la guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa, que pueden haberse sometido a las operaciones citadas en la partida. La Nota 3 del Capítulo estipula las operaciones autorizadas a que pueden someterse el papel, cartón, guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa de las partidas 48.01 a 48.05.

Los tratamientos autorizados en las partidas 48.01 a 48.05 tienen como característica la de ser operaciones que forman parte de la serie normal en la fabricación del papel. La característica del papel de estas partidas es que conserva el aspecto y la textura de la superficie natural. En el caso del papel estucado, las irregularidades de la superficie natural del papel se han eliminado en gran medida por la sustancia de recubrimiento, que confiere una nueva superficie no celulósica de aspecto más atractivo.”

POSICIÓN ARANCELARIA 

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GRAVÁMENES VIGENTES

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CONCLUSIONES

La mercancía papel soporte, se clasificará contemplando las reglas generales interpretativas 1, 2a y 6, así como las notas explicativas y consideraciones generales presentes en el capítulo 48.

Por lo que, según el Sistema Armonizado, se clasificará en la Sección X Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones, en el capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón, partida 48.02 Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 ó 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja), 4802.40.00.00 Papel soporte para papeles de decorar paredes.

Según se visualiza en la Clasificación de Arancel del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, se reconoce que esta subpartida posee un 10% de Arancel Ad-Valorem, un 0,5% de Fodinfa y un 12% correspondiente a IVA.

Además, como se visualiza en el aplicativo del SENAE, para su importación como Documento de Control Previo se presentará la solicitud de autorización de licencias de importación esto a la fecha de aceptación de la declaración aduanera, por otro lado, se puede presentar el Certificado de Origen EFTA (Noruega, Suiza), CAN, Reino Unido, EUR 1 según sea el caso.

RECOMENDACIONES

Es importante que al momento de realizar una clasificación arancelaria se reconozca los materiales que conforman el producto, puesto que esto nos ayudará a hacer uso de manera adecuada de las Reglas Generales Interpretativas, revisar correctamente las notas explicativas y las consideraciones generales para así poder llegar a obtener la correcta subpartida arancelaria la cual nos permitirá obtener los gravámenes vigentes dentro del país.

 

 

Fuente: 

  • RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. 
  • Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.
  • SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
  • RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.
  • RESOLUCIÓN No. [Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad]. Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN087 “Cuadernos”
  • (2022) Ventanilla Única Ecuatoriana VUE. https://servicios.aduana.gob.ec/servicios/ui/dcp/rep/dcp_rep.xhtml

 

Autor: Sofía Montenegro

 

 

 

 

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