CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE PAPEL SIN ESTUCAR

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El papel sin estucar es aquel que no pasa por el estucador, por lo que solo lleva un tratamiento superficial. Suele presentar un acabado más rugoso que el papel estucado y es poroso, por lo que presenta mayor capacidad para absorber la tinta que el papel estucado. 

El más conocido entre los no estucados es el papel llamado offset. De este tipo de papel hay variedades 100% químicas o incluso recicladas, y blancas o de colores. Sus gramajes suelen ir entre los 50 a los 250 gr, y puede presentarse en distintas formas. Por ejemplo, los folios que habitualmente utilizamos en fotocopiadoras, en la oficina o en casa son de papel offset y suelen presentar un gramaje de unos 80 gr.

Otros papeles no estucados son los papeles de prensa, utilizados en la impresión de periódicos y otras publicaciones de este tipo; los papeles de embalaje, como el Kraft; las cartulinas estucadas y el cartoncillo; y el papel sintético, fabricado con masa de fibra sintética.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de la mercancía descrita anteriormente y la determinación de su partida arancelaria se fundamenta en: 

Regla General Interpretativa 1: La clasificación de la mercancía se determina por los textos presentes en las partidas y las notas de sección o de capitulo, los títulos de las sección, capítulos y subcapítulos solo serán de valor indicativo. Si no se logra determinar la subpartida se determinará las demás reglas generales interpretativas.

Regla General Interpretativa 2a):  La mercancía se clasificará teniendo referencia de una partida determinada donde alcanza al artículo incompleto o sin terminar, sin embargo, que presente las características esenciales.

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de las mercancías se determina legalmente por los textos de las subpartidas y notas de las subpartidas. En el caso que en dos o más subpartidas con un guion debe apreciarse la especificidad de cada una de las subpartidas con un guion en relación con un artículo determinado en función exclusivamente de su propio texto. Cuando se haya hecho la elección de la subpartida con un guion más específica y está subdividida, entonces se considerará el texto de las subpartidas a dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.  

NOTAS DE CAPITULO

Tal como lo mencionan las notas del capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón:

Nota 5. “En la partida 48.02, se entiende por papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), el papel y cartón fabricados principalmente con pasta blanqueada o con pasta obtenida por procedimiento mecánico o químico-mecánico y que cumplan alguna de las condiciones siguientes: Para el papel o cartón de peso inferior o igual a 150 g/m2: - 584

  1. un contenido de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior o igual al 10%, y
    • un peso inferior o igual a 80 g/m2, o
    • estar coloreado en la masa;
  2. un contenido de cenizas superior al 8%, y 1)
    • un peso inferior o igual a 80 g/m2, o
    • estar coloreado en la masa;
  3. un contenido de cenizas superior al 3% y un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60
  4. un contenido de cenizas superior al 3% pero inferior o igual al 8%, un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60% y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2.5 kPa·m2/g; o
  5. un contenido de cenizas inferior o igual al 3%, un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60% y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2.5 kPa·m2/g; Para el papel o cartón de peso superior a 150 g/m2:
  6. estar coloreado en la masa;
  7. un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60%, y
    • un espesor inferior o igual a 225 micras (micrómetros, micrones), o
    • un espesor superior a 225 micras pero inferior o igual a 508 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 3%
  8. un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60%, un espesor inferior o igual a 254 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 8%. Sin embargo, la partida 48.02 no comprende el papel y el cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té) ni el papel y cartón fieltro.”

POSICIÓN ARANCELARIA 

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GRAVÁMENES VIGENTES

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INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

El papel sin estucar, se clasificará contemplando las reglas generales interpretativas 1, 2a y 6, así consideraciones generales presentes en el capítulo 47.

Por lo que, según el Sistema Armonizado, se clasificará en la Sección X Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones, en el capítulo 47 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos) y en la partida 48.02 Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto el papel de las partidas 48.01 o 48.03; papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja) y en la subpartida 4802.56.90.00 Los demás

Según se visualiza en la Clasificación de Arancel del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, se reconoce que esta subpartida un 0,5% de Fodinfa y un 12% correspondiente a IVA.

Además, como se visualiza en el aplicativo del SENAE, para su importación como Documento de Control Previo se presentará la solicitud de autorización de licencias de importación esto a la fecha de aceptación de la declaración aduanera la cual se presentará a la fecha de aceptación de la declaración aduanera.

Según sea el caso, puede presentar un certificado de origen EUR.1, EFTA (Noruega, Suiza), CAN o Reino Unido.

RECOMENDACIONES

Es importante que al momento de realizar una clasificación arancelaria se reconozca los materiales que conforman el producto, puesto que esto nos ayudará a hacer uso de manera adecuada de las Reglas Generales Interpretativas, revisar correctamente las notas explicativas y las consideraciones generales para así poder llegar a obtener la correcta subpartida arancelaria la cual nos permitirá obtener los gravámenes vigentes dentro del país.

 

 

 

 

Fuente: 

  • RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. 
  • Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.
  • SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
  • RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.
  • RESOLUCIÓN No. [Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad]. Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN087 “Cuadernos”
  • (2022) Ventanilla Única Ecuatoriana VUE. https://servicios.aduana.gob.ec/servicios/ui/dcp/rep/dcp_rep.xhtml

 

Autor: Sofía Montenegro

 

 

 

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