CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE PAPEL PARA ACANALAR

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El papel para acanalar está fabricado principalmente con pasta de papel o cartón reciclados (desperdicios o desechos) al que se añaden aditivos como almidón. Después del proceso de mezcla la pulpa es colocada en el contenedor principal de la máquina papelera donde será pasada a través de mallas para su formación en los distintos tipos de papel. Aparte de pintura, la máquina papelera usa mallas de alambres, dispositivos de succión, rellenos y rodillos para la fabricación y acabado automático del papel. Luego, el papel es enrollado en bobinas quedando listos para su comercialización.

Este tipo de papel después del proceso de acanalado se utiliza para realizar manualidades.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de la mercancía descrita anteriormente y la determinación de su partida arancelaria se fundamenta en: 

Regla General Interpretativa 1: La clasificación de la mercancía se determina por los textos presentes en las partidas y las notas de sección o de capitulo, los títulos de las sección, capítulos y subcapítulos solo serán de valor indicativo. Si no se logra determinar la subpartida se determinará las demás reglas generales interpretativas.

Regla General Interpretativa 2a):  La mercancía se clasificará teniendo referencia de una partida determinada donde alcanza al artículo incompleto o sin terminar, sin embargo, que presente las características esenciales.

Regla General Interpretativa 6: La clasificación de las mercancías se determina legalmente por los textos de las subpartidas y notas de las subpartidas. En el caso que en dos o más subpartidas con un guion debe apreciarse la especificidad de cada una de las subpartidas con un guion en relación con un artículo determinado en función exclusivamente de su propio texto. Cuando se haya hecho la elección de la subpartida con un guion más específica y está subdividida, entonces se considerará el texto de las subpartidas a dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.  

NOTAS DE CAPÍTULO

Según las notas explicativas del capítulo 8 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón, menciona:

 Nota 3. “Salvo lo dispuesto en la Nota 7, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, así como el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, coloreados o jaspeados en la masa por cualquier procedimiento. Salvo lo dispuesto en la partida 48.03, estas partidas no se aplican al papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que hayan sido tratados de otro modo.”

NOTA DE SUBPARTIDA

Nota 3. “En la subpartida 4805.11, se entiende por papel semiquímico para acanalar el papel presentado en bobinas (rollos), en el que el contenido de fibras crudas de madera de frondosas obtenidas por procedimiento semiquímico sea superior o igual al 65% en peso del contenido total de fibra y con una resistencia al aplastamiento según el método CMT 30 (Corrugated Medium Test con 30 minutos de acondicionamiento) superior a 1.8 newtons/g/m2 para una humedad relativa de 50%, a una temperatura de 23 ºC.”

Teniendo en cuenta la descripción de la mercancía, se recurre a la regla general interpretativa 1 utilizando el título de la partida 48.05 como indicativa, además, se tiene en cuenta lo presente en la nota 3, donde la mercancía ha sido tratada con ninguno de los procedimientos indicados.

POSICIÓN ARANCELARIA 

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GRAVÁMENES VIGENTES

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INFORMACIÓN PARA ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

El papel semiquímico para acanalar, se clasificará contemplando las reglas generales interpretativas 1, 2a y 6, así como las notas explicativas y consideraciones generales presentes en el capítulo 48.

Por lo que, según el Sistema Armonizado, se clasificará en la Sección X Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones, en el capítulo 48 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); en la partida 48.05 Los demás papeles y cartones, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas, que no hayan sido sometidos a trabajos complementarios o tratamientos distintos de los especificados en la Nota 3 de este Capítulo y en la partida 4805.11.00.00 Papel semiquímico para acanalar

Según se visualiza en la Clasificación de Arancel del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE, se reconoce que esta subpartida un 0,5% de Fodinfa y un 12% correspondiente a IVA.

Además, como se visualiza en el aplicativo del SENAE, para su importación como Documento de Control Previo se presentará la solicitud de autorización de licencias de importación esto a la fecha de aceptación de la declaración aduanera la cual se presentará a la fecha de aceptación de la declaración aduanera.

Según sea el caso, puede presentar un certificado de origen EUR.1, EFTA (Noruega, Suiza), CAN o Reino Unido.

RECOMENDACIONES

Es importante que al momento de realizar una clasificación arancelaria se reconozca los materiales que conforman el producto, puesto que esto nos ayudará a hacer uso de manera adecuada de las Reglas Generales Interpretativas, revisar correctamente las notas explicativas y las consideraciones generales para así poder llegar a obtener la correcta subpartida arancelaria la cual nos permitirá obtener los gravámenes vigentes dentro del país.

 

 

Fuente: 

  • RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. 
  • Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.
  • SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
  • RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.
  • RESOLUCIÓN No. [Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad]. Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN087 “Cuadernos”
  • (2022) Ventanilla Única Ecuatoriana VUE. https://servicios.aduana.gob.ec/servicios/ui/dcp/rep/dcp_rep.xhtml

 

Autor: Sofía Montenegro

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