Clasificación arancelaria de Papel del tipo utilizado para papel higiénico, toallitas para desmaquillar, toallas, servilletas o papeles similares de uso doméstico

Introducción

El papel higiénico está fabricado a partir de fibra digital, la cual es sometida a un proceso de blanqueamiento (en el que se puede añadir algún colorante si se desea), y posteriormente mezclada con agua y diversas sustancias químicas, para así poder obtener las características mencionadas anteriormente.

Ahora bien, aunque en el pasado se trataba de un producto simple y de una única presentación, en la actualidad, existe más de un tipo de papel higiénico en el mercado. Las diferencias pueden ir desde su presentación, hasta su textura, e inclusive su fragancia.

 

Reglas Generales

  1. En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. a) los artículos del Capítulo 30;
  4. b) las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;
  5. c) los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33);
  6. d) el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida 34.05);
  7. e) el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04;
  8. f) el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22);
  9. g) el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de este último sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39);
  10. h) los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo: artículos de viaje);
  11. ij) los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería);
  12. k) los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI);
  13. l) los artículos de los Capítulos 64 ó 65;
  14. m) los abrasivos aplicados sobre papel o cartón (partida 68.05) y la mica aplicada sobre papel o cartón (partida 68.14); por el contrario, el papel o cartón revestidos de polvo de mica se clasifican en este Capítulo;
  15. n) las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente Secciones XIV o XV); o) los artículos de la partida 92.09;
  16. p) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
  17. q) los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: botones, compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés).

Notas explicativas

Nota del capítulo

Esta partida comprende dos categorías de productos:

1) El papel del tipo utilizado para papel higiénico, pañuelos, toallas o servilletas y papeles similares de uso doméstico, de higiene o de tocador. Sin embargo, estos papeles en bobinas (rollos) de ancho inferior o igual a 36 cm o cortados en cualquier tamaño o con forma distinta de las mencionadas en la Nota 8 de este Capítulo y los demás artículos domésticos, de higiene o de tocador fabricados a partir de este tipo de papel se clasifican en la partida 48.18.

2) La guata de celulosa y las napas de fibras de celulosa. Sin embargo, estos productos en bobinas (rollos) de ancho inferior o igual a 36 cm o cortados en cualquier tamaño o con forma distinta de las mencionadas en la Nota 8 de este Capítulo y los artículos de guata de celulosa o de napas de fibras de celulosa se clasifican en las partidas 48.18, 48.19 o 48.23.

 La guata de celulosa está formada por una napa de fibras de celulosa de formación abierta, con un rizado superior al 35% y con un peso antes del rizado que puede alcanzar los 20 g/m2 por capa; está constituida por una o varias capas.

 Las napas de fibras de celulosa llamadas faciales (“tissues”) están formadas por una capa de fibras de celulosa, de formación cerrada, con un rizado inferior o igual al 35% y el peso antes del rizado puede llegar a 20 g/m2 por capa. Los faciales (“tissues”) pueden estar constituidos por una o varias capas.

Conviene precisar que, independientemente de los tratamientos indicados en la Nota 3 del presente Capítulo a los que pueden haberse sometido, los productos de esta partida pueden estar rizados, plegados, gofrados, estampados, perforados, coloreados o decorados en la superficie o impresos.

 Se excluyen igualmente de la partida:

  1. a) La guata de celulosa impregnada o recubierta de productos farmacéuticos o acondicionada para la venta al por menor con fines medicinales, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios (partida 30.05).
  2. b) El papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de betún, cremas para el calzado, encáusticos o preparaciones similares (partida 34.05).
  3. c) El papel secante (partida 48.05)

Consideraciones generales

En las partidas 48.01 y 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que se presentan en una de las formas siguientes:

  1. a) tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o
  2. b) hojas cuadradas o rectangulares en las que uno de sus lados sea superior a 36 cm y el otro sea superior a 15 cm, medidos sin plegar.

 

Posición arancelaria

Posición Arancelaria

Sección

X

PASTA DE MADERA O DE LAS DEMÁS MATERIAS FIBROSAS CELULÓSICAS; PAPEL O CARTÓN PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS); PAPEL O CARTÓN Y SUS APLICACIONES

Capítulo

48

Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón

Partida

48.03

Papel del tipo utilizado para papel higiénico, toallitas para desmaquillar, toallas, servilletas o papeles similares de uso doméstico, de higiene o tocador, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, incluso rizados («crepés»), plisados, gofrados, estampados, perforados, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas.

Subpartida

4803.00.10

Guata de celulosa y napa de fibras de celulosa

 

Información Arancelaria

Gravámenes vigentes

Salvaguardia específica

0%

Arancel específico

100%

Fodinfa

0%

IVA

0%

Salvaguardia

0%

 

Requisitos autorización para importación de productos cosméticos e Higiénicos sin valor comercial con fines de estudio de mercado

Requisitos:

Productos Cosméticos:

Solicitud de autorización dirigida a la Dirección Ejecutiva de Arcsa, donde se justifique del motivo de la importación detallando: uso, cantidad y número de lote, mismos que deben ser congruentes con la actividad registrada por el solicitante.

Productos Higiénicos:

Solicitud de autorización dirigida a la Dirección Ejecutiva de Arcsa, donde se justifique el motivo de la importación detallando nombre e información técnica del producto objeto de la importación.

Costo:

Revisar el listado de tasas de servicios

Tiempo Estimado de Entrega:

5 días laborables.

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Conclusiones

En 2020 los principales exportadores, aparte de los bienes de encabezado no. 4803, 4809 o 4810 fueron China ($516M), Estados Unidos ($435M), Polonia ($413M), Alemania ($377M), y Francia ($357M). En 2020 los principales exportadores de Papel y cartón: autoadhesivo, en rollos o sábanas, aparte de los bienes de encabezado no. 4803, 4809 o 4810 fueron China ($516M), Estados Unidos ($435M), Polonia ($413M), Alemania ($377M), y Francia ($357M).

Recomendaciones

Es recomendable, antes de determinar la clasificación arancelaria de un producto, se debe hacer una correcta descripción del mismo, y una vez que se tenga en claro en qué consiste dicha mercancía. Realizado el primer paso, se procede a tomar en cuenta todo el material disponible para dar con la posición arancelaria, al igual que hacer una correcta interpretación de las notas explicativas, tanto de secciones, capítulos, partidas, subpartidas y demás consideraciones generales de capítulo expuestos en la Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado.

 

Referencias

Herrera, Jaime. (2021). Importaciones Ecuador. Obtenido de https://www.controlsanitario.gob.ec/requisitos-autorizacion-para-importacion-de-productos-cosmeticos-e-higienicos-sin-valor-comercial-con-fines-de-estudio-de-mercado/

OEC WORLD. (2022). Center of Collective Learning. Obtenido de https://oec.world/es/profile/hs/paper-and-paperboard-self-adhesive-in-rolls-or-sheets-other-than-goods-of-heading-no-4803-4809-or-4810

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

http://www.aduanet.gob.pe/servlet/AIScrollini?partida=4803001000

 Autor: Jacqueline Veloz C.

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