Clasificación arancelaria de mecanismos de disparo

Descripción del producto

La cola del disparador, ​ más conocido como gatillo, es un mecanismo que actúa como disparador de un arma de fuego, y otras armas como, por ejemplo, las ballestas, y sobre el cual se apoya el dedo, comúnmente el dedo índice, para provocar el disparo.

Reglas generales interpretativas y clasificación arancelaria:

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

De acuerdo a esta regla una lanza granada, se clasificaría en:

La Sección XIX: ARMAS, MUNISIONES, Y SUS PARTES Y ACCESORIOS

Capítulo 93: Armas, municiones, y sus partes y accesorios.

Partida: 9305

En este punto se debe revisar las notas explicativas, con el fin de obtener detalles más pormenorizados que aseguren una clasificación adecuada.

) Las partes de armas de guerra, tales como tubos (incluidas las camisas de recambio), frenos y culatas de cañones de cualquier tipo, torretas, afustes, trípodes y demás soportes especiales para cañones, ametralladoras, fusiles ametralladores, etc., incluso con mecanismo para apuntar y cargar. 2) Las piezas metálicas coladas, forjadas o punzonadas para fusiles y mosquetones de guerra, para armas de caza de tiro deportivo, para revólveres y pistolas, tales como cañones, culatas, básculas, cerrojos, guardamontes, piñones, palancas, percutores, gatillos, disparadores, extractores, expulsores, armazones (de pistolas), platinas, cachas, seguros, tambores (de revólver), alzas, guías-solistas, peines o cargadores. 3) Los cubrecajas, cubremiras, cubrecañones y cubreculatas. 4) Los tubos reductores (por ejemplo, tubos Morris), que consisten en cañones de pequeño calibre colocados en armas de mayor calibre para el tiro de prácticas a distancia reducida. 5) Las culatas y otras partes de madera para escopetas y rifles, así como las culatas y cachas (de madera, metal, ebonita, etc.) para revólveres y pistolas. 6) Las hebillas, correas, portafusiles, abrazaderas y zunchos para escopetas, fusiles, mosquetones y demás armas portátiles. 7) Los dispositivos amortiguadores del ruido de la detonación (silenciadores). 8) Los dispositivos amortiguadores del retroceso, amovibles, para armas de caza y de tiro. Se excluyen de esta partida: a) Las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, como tornillos, remaches, muelles, etc.: de metal común (Sección XV) o de plástico (Capítulo 39). b) Los estuches para armas (partida 42.02). c) Los aparatos cinematográficos de control de tiro para aeronaves (ametralladoras cinematográficas) (partida 90.07). d) Miras telescópicas, miras de puntería y miras similares para armas (partida 90.13). e) Los accesorios comprendidos más específicamente en otras partidas de la Nomenclatura, tales como las baquetas

En la investigación realizada se puede analizar que se clasificaría en:

Subpartida: 9305.10.10.00           

Tributos fijos para la mercancía

IVA: 12%

AD VALOREM: 30%

FODINFA: 0.5%

ICE AD VALOREM: 30%

Restricciones y prohibiciones:

Presentación de licencia de importación al comando conjunto de las Fuerzas Armadas.

Prohibiciones en la república de Corea del Norte.

Conclusiones:

Una vez que realice la respectiva consulta en todos los medios eh llegado a la conclusión que esta mercancía, se clasifica en el capítulo 93, en la partida 93.05 y por consiguiente su subpartida es 93.05.10.10.00.

Recomendaciones:

Si usted que se encuentra leyendo esta clasificación desea importar este tipo de productos se recomienda que haga el trámite de la obtención de licencias de importación, para que realices de manera más rápida tu importación

Referencias bibliográficas

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizad. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020.2017 (ANEXO1: NOMENCLATURA DE DESIGNACION Y COODIFICACION DE MERCANCIAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (20017) recuperado de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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