Descripción del producto
Se refiere a un producto lácteo deshidratado de color blanquecino amarillento, es un objeto transportable, su composicion posee un 26% de grasas, 25% de proteinas, 5,5% de cenizas y 4% de humedad, ademas de una variedad de organismos microbiologicos. Se trata de un producto alimenticio, con características nutritivas ideal para preparar una mezcla con agua, para sopa y/o salsas.
Reglas de clasificación
Reglas generales interpretativas (RGI)
RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
RGI 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Notas de sección
En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie
Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados
Notas de capítulo
Se considera leche , la leche entera y la leche desnatada (descremada) total o parcialmente
Notas explicativas
04.02 Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
A la leche en polvo se le pueden añadir pequeñas cantidades de almidón (que no excedan del 5% en peso), en especial para mantener la leche reconstituida en su estado físico normal.
Posición arancelaria
Sección
Sección II ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
Capítulo
Capítulo 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte
Partida
04.02 Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante
Subpartida
0402.21 En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% en peso:
-- Sin adición de azúcar ni otro edulcorante:
- - -Con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco
0402.21.11.00 - - - - En envases de contenido neto inferior o igual a 2,5 Kg
Información arancelaria
TRIBUTOS FIJOS DE MERCANCÍAS | |
Subpartida: 0402.21.11.00 - - - - En envases de contenido neto inferior o igual a 2,5 Kg Código Complementario: 0000 | |
Tributos | Valor del tributo |
FODINFA | 0,5 |
SALVAGUARDIA | - |
ICE AD VALOREM | - |
IVA | 12% |
ANTIDUMPING | - |
ARANCEL AD VALOREM | 25% |
AEC | 20 |
PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO SAFP | 72 |
Código de unidad física | Kilogramo bruto. |
Fuente: SENAE (2022)
Información para-arancelaria
Correlación de nomenclatura | Descripción de la correlación |
Nomenclatura NALADISA | CORRELACION NALADISA 1996 - NANDINA |
Fuente: SENAE (2022)
Conclusiones
Para clasificar correctamente el producto, es importante conocer las propiedades de las que está compuesto, así como realizar una exacta descripción. Se aplicó la RG1 y la RGI 6 al leer las notas de las secciones, capítulos, así como los textos de la subpartida En la nota de la sección I establece que: Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados, por ende la correcta ubicación arancelaria pertenece al Capítulo 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte Partida 04.02 Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante Subpartida 0402.21 En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% en peso y según Su tarifa arancelaria es AD VALOREM 25%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, AEC 20% y porcentaje Techo Desconsolidado SAFP de 72%.
Recomendaciones
Es importante tener en cuenta los niveles y subniveles correspondientes en los que se debe ubicar a la mercancía por clasificar,
Consulta de aranceles y tributos fijos https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Notas explicativas: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
Reglas Generales para la interpretación del Arancel http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informai/ara003.htm
NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Información adicional leche en polvo.
Leche entera deshidratada y leche entera en polvo | ThinkUSAdairy by the U.S. Dairy Export Council
Autora: Vanessa Alvear
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