CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA CRETA

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA CRETA

 DESCRIPCIÓN

La creta o caliza de creta es una roca sedimentaria de origen orgánico, blanca, porosa y blanda, una forma de caliza que se usa para la tiza. Su formación es debida a la acumulación de ingentes cantidades de restos de cocolitofóridos, algas microscópicas cubiertas por minúsculas placas de calcita (cocolitos). Es frecuente encontrar nódulos de sílex asociados a la creta. Un ejemplo de rocas formadas por creta son los acantilados de Dover, en el sur de Inglaterra.

La creta se puede utilizar por sus propiedades como base. En la agricultura, la creta se utiliza para elevar el ph en suelos con alta acidez. Las formas más comunes son caco 3 (carbonato de calcio) y cao (óxido de calcio). Pequeñas dosis de creta también se pueden utilizar como un antiácido. Además, las pequeñas partículas de creta hacen que sea una sustancia ideal para la limpieza y el pulido.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para empezar a realizar la correcta clasificación arancelaria de la Creta se regirá y definirá a las siguientes Reglas Generales del Interpretativas del Sistema Armonizado:

10919635271?profile=RESIZE_710x

NOTAS EXPLICATIVAS

Consideraciones Generales

Tal como se precisa en la Nota 1 del Capítulo 25, este Capítulo sólo comprende, en general, los productos minerales en bruto o lavados (incluso con sustancias químicas, siempre que no modifiquen el producto), quebrantados, triturados, molidos, pulverizados, levigados, cribados, tamizados o incluso enriquecidos por flotación, separación magnética u otros procedimientos mecánicos o físicos (excepto cristalización). Los productos de este Capítulo pueden también recibir un tratamiento térmico para eliminar la humedad o las impurezas o para otros propósitos, siempre que este tratamiento térmico no modifique la estructura química o cristalina del producto. Sin embargo, otros tratamientos térmicos (por ejemplo, tostado, fusión o calcinación) no están permitidos, a menos que específicamente lo autorice el texto de partida. Así, por ejemplo, los productos de las partidas 25.13 y 25.17 pueden recibir un tratamiento térmico que entrañe un cambio en su estructura química o cristalina, puesto que los textos de estas partidas hacen expresamente referencia al tratamiento térmico. A los productos de este Capítulo se les puede añadir una sustancia antipolvo, siempre que esta adición no haga al producto más apto para usos determinados que para uso general. Por el contrario, se clasifican en otros Capítulos (por ejemplo, Capítulos 28 o 68) los productos que hayan sido sometidos a un trabajo más avanzado, tal como la purificación por cristalizaciones sucesivas, la transformación en manufacturas por tallado, esculpido, etc., o los resultantes de mezclar productos minerales de una misma partida o de partidas distintas de este Capítulo. Sin embargo, debe advertirse que algunas partidas de este Capítulo constituyen excepciones a esta regla:

  • Por contemplar productos que por su propia naturaleza han experimentado una transformación superior a la prevista en la Nota 1 del Capítulo (por ejemplo: el cloruro de sodio puro de la partida 25.01, el azufre refinado de la partida 25.03, la tierra de chamota de la partida 25.08, el yeso fraguable de la partida 25.20, la cal de la partida 25.22, el cemento hidráulico de la partida 25.23).
  • O por especificar determinados trabajos además de los admitidos por la Nota 1 ya citada, por ejemplo: la calcinación de la witherita de la partida 25.11, de las harinas silíceas fósiles y demás tierras silíceas análogas de la partida 25.12, de la dolomita de la partida 25.18, o la fusión o calcinación (a muerte (sinterizado) o cáustica) de los carbonatos de magnesio y de la magnesia de la partida 25.19. En el caso de la magnesia calcinada a muerte (sinterizada), se pueden añadir otros óxidos (por ejemplo, el óxido de hierro o el de cromo) para facilitar la sinterización. Se admite también el desbastado y el simple troceado por aserrado o de otro modo en bloques o placas cuadradas o rectangulares de los productos de las partidas 25.06, 25.14, 25.15, 25.16, 25.18 y 25.26. Cualquier producto que pueda clasificarse a la vez en la partida 25.17 o en otra partida del Capítulo, se clasifica en la partida 25.17.

 POSICIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN

V

PRODUCTOS MINERALES

CAPITULO

25

Sal; azufre; tierra y piedras; yesos, cales y cementos

PARTIDA

2509.00.00.00

Creta

SUBPARTIDA

 

 

 

TRIBUTOS

GRAVÁMENES VIGENTES

UNIDAD DE MEDIDA

31 kilogramo bruto

ADVALOREM

0%

FODINFA

0.5%

IVA

12%

RESTRICCIONES

Esta mercancía no posee ningún tipo de restricción para el régimen 10 Importación al consumo.

CONCLUSIONES

  • La creta posee una variedad de usos en diferentes industrias se utiliza en las industrias del vidrio, cemento, caucho y colorantes, como material para escribir (tiza).
  • El proceso de clasificación debe seguir las reglas generales interpretativas 1 y 6 con las cuales finalmente se determina que según el Sistema Armonizado la clasificación está en la Sección V de Productos Minerales, capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos, Subpartida 00.00.00 Creta. Esta clasificación arancelaria grava FODINFA 0,5% e IVA de 12% y no posee restricciones.

 RECOMENDACIONES

  • Se recomienda que una correcta clasificación arancelaria es imprescindible para establecer los tributos correspondientes y que estos sean un gran aporte a la economía del país y evitando cualquier perjuicio para el Estado y los usuarios del comercio exterior ecuatoriano.

 FUENTES:

 Comunidad Andina de Naciones. (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta.

Resolución No. 020-2017. (2017). Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Características de la creta. Recuperado el 25 de diciembre de 2022, de https://rockidentifier.com/es/wiki/Chalk.html

 

AUTOR: HERMOSA MIRIAM

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales