CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE HILADOS DE SEDA

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE HILADOS DE SEDA

El hilo de seda, un producto de origen animal, específicamente producido por el gusano morera, tiene como particularidad que es extremadamente fuerte y elástico, a menudo se usa en ropa, como camisas finas, ropa interior, vestidos, ropa de dormir y batas. Se utiliza en la decoración de interiores para tapicería, cubiertas de ventanas, alfombras y ropa de cama. La hilatura de seda consiste en devanar el hilo del capullo de una manera parecida a como se haría con una madeja (De hilos y algo más, s.f.).

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para dar con una clasificación arancelaria acertada, es necesario establecer qué Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizados deben ser aplicadas, con el fin de determinar la subpartida más idónea; por ello, este producto se rige bajo las siguientes RGI:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

NOTAS DE SECCIÓN

A) Sin perjuicio de las excepciones previstas en el apartado B) siguiente, en los Capítulos 50, 51, 52, 54 y 55, se entiende por hilados acondicionados para la venta al por menor, los hilados (sencillos, retorcidos o cableados) presentados:

  1. a) en cartulinas, bobinas, tubos o soportes similares, con un peso inferior o igual (incluido el soporte) a:

                1º) 85 g para los hilados de seda, de desperdicios de seda o de filamentos sintéticos o artificiales.

NOTAS DE SUBPARTIDA

  1. En esta Sección y, en su caso, en la Nomenclatura, se entiende por:
  2. Hilados crudos:

           1ª) con el color natural de las fibras que los constituyan, sin blanquear, teñir (incluso en la masa) ni estampar; o

           2ª) sin color bien determinado (hilados «grisáceos») fabricados con hilachas.

Estos hilados pueden tener un apresto sin colorear o un color fugaz (el color fugaz desaparece por simple lavado con jabón) y, en el caso de fibras sintéticas o artificiales, estar tratados en la masa con productos de mateado (por ejemplo, dióxido de titanio).

NOTAS DE CAPÍTULO

No existe texto que guíe la clasificación arancelaria de hilados de seda.

NOTAS EXPLICATIVAS

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Ilustración tomada de la VUENESA, pág. 619

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Ilustración tomada de la VUENESA, pág. 620

50.06 HILADOS DE SEDA O DE DESPERDICIOS DE SEDA, ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR; “PELO DE MESINA” (“CRIN DE FLORENCIA”).

A) Hilados de seda o de desperdicios de seda.

Este grupo se refiere a los hilados de seda o de desperdicios de seda acondicionados para la venta al por menor según las disposiciones del apartado I-B 3) de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

POSICIÓN ARANCELARIA

Sección

XI

MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo

50

Seda

Partida

-

-

Subpartida

5006.00.00.00

Hilados de seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor; «pelo de Mesina» («crin de Florencia»).

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Código de Unidad Física

Tributo

Código de Forma de Aplicación de Tributo

Valor Del Tributo

Kilogramo bruto

IVA

Base imponible

12%

FODINFA

Base imponible

0,5%

Ad Valorem

Base imponible

20%

 

INFORMACIÓN PARA-ARANCELARIA

Subpartida

Código de Régimen

Código de Requisito

Criterio Adicional de Aplicación

Instancia para Validación de Vigencia de Restricción

5006.00.00.00

Importación a consumo

Registro importador

Ninguno

Fecha de aceptación de la declaración aduanera

 

CONCLUSIONES

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 50 el cual contiene Seda. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante las notas de sección, capítulo, partida y notas explicativas; se determina que la subpartida arancelaria es 5006.00.00.00 Hilados de seda o de desperdicios de seda, acondicionados para la venta al por menor; «pelo de Mesina» («crin de Florencia»).

RECOMENDACIONES

  • Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.
  • Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Autora: Antonella Moreta

Fuentes:

Comité del Comercio Exterior. (n.d.). NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR. Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SUNAT. (n.d.). Reglas Generales para la Interpretación del Arancel. SUNAT. http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informai/ara003.htm

Comunidad Andina. (2007, July 25). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) - NOTAS EXPLICATIVAS DE LA CUARTA ENMIEND. dane.gov. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

De hilos y algo más. (s.f.). hilos-de-coser.blogspot.com. Obtenido de Hilo de Seda, Historia y usos: https://hilos-de-coser.blogspot.com/2019/05/hilo-de-seda.html

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