CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE ENVASES BLINDADOS PARA MATERIAS RADIACTIVAS

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El plomo es sumamente útil en las industrias humanas. Se lo empleó abundantemente en la manufacturación de tuberías, conductos y otras piezas de recambio casero, aunque desde hace algún tiempo se lo ha reemplazado por otros metales y plásticos para evitar sus consecuencias sobre la salud humana. Lo mismo se hace con los recipientes para material radiactivo y otras sustancias químicas peligrosas, o incluso como recubrimiento para conexiones eléctricas.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS 

Para una correcta clasificación hay que definir a qué Reglas Generales del Sistema Armonizado está sujeto; los envases blindados para material radiactivo. Estas son las reglas por las que se debe clasificar este producto:

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

Regla 5 estuches y embalajes: b) salvo lo dispuesto en la regla 5 a) anterior, los envases (1) que contengan mercancías se clasifican con ellas cuando sean de  los  tipos normalmente  utilizados para esa  clase de  mercancías. Sin  embargo, esta  disposición no  es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS DE CAPÍTULO

En las partidas 78.04 y 78.06, los productos de la transformación, generalmente por laminado o extrusión con prensa, del plomo en bruto de la partida 78.01, así como en la partida 78.04, el polvo y partículas de plomo. En la partida 78.06, los tubos, accesorios y otros artículos de plomo no comprendidos en la Nota 1 de la Sección XV, ni en los Capítulos 82 u 83, ni de forma más específica, en otra parte de la Nomenclatura.

Los productos y manufacturas de este Capítulo se someten frecuentemente a trabajos diversos para mejorar las propiedades y el aspecto del metal. Estas operaciones, que no afectan a la clasificación de los artículos en sus partidas respectivas son generalmente las descritas en las Consideraciones Generales del Capítulo 72.

NOTAS EXPLICATIVAS

78.06 LAS DEMÁS MANUFACTURAS DE PLOMO.

 Esta partida incluye todas las manufacturas de plomo, excepto las comprendidas en las partidas precedentes de este Capítulo, en la Nota 1 de la Sección XV, en los Capítulos 82 u 83, o finalmente, en otras partidas de la Nomenclatura, incluso si estos artículos están moldeados, obtenidos en prensa, estampados, etc.

 Se clasifican aquí, especialmente: los tubos flexibles para envasar colores u otros productos; las tinas, depósitos, bidones y otros recipientes similares (para ácidos, productos radioactivos u otros producto químicos), sin dispositivos mecánicos o térmicos; los plomos para redes de pesca, para el lastre de escenografías, cortinas, etc.; las pesas para aparatos de relojería, los contrapesos de uso general; cuerdas y madejas de filamentos de plomo utilizadas para empacar o para conseguir la estanqueidad de los tubos; partes para estructuras de edificios; lastres para yates, petos de escafandras; ánodos utilizados en galvanoplastia (véase el apartado A) de las Notas Explicativas de la partida 75.08); barras perfiles y alambre como se define en las Notas 1 a), 1 b) y 1 c) de este Capítulo. Se excluyen, sin embargo, las varillas simplemente coladas que se destinen, por ejemplo: a la laminación, extrusión o refundición (partida 78.01), y barras recubiertas (partida 83.11).

Esta partida también incluye los tubos definidos en la Nota 1 e) del Capítulo y los tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: coples, codos, manguitos), de plomo, distintos de los accesorios con tapa, válvulas, etc. (Partida 84.81), y de los tubos y accesorios de tubería identificables como partes para maquinaria (Sección XVI), y de los cables eléctricos aislados con una capa exterior de plomo (partida 85.44). Estos artículos son análogos a los artículos de hierro o acero mencionados en las Notas Explicativas de las partidas 73.04 a 73.07.

POSICIÓN ARANCELARIA 

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CONCLUSIÓN 

Podemos decir que el producto, accesorios de tubería, debe ser clasificado de acuerdo a las reglas interpretativas 1, 5 y 6 además de seguir las notas explicativas. Finalmente se determina que según el sistema Armonizado este producto se encuentra clasificado de la siguiente manera: Sección XV de Metales Comunes y Manufacturas de Estos Metales, capítulo 78 Plomo y sus manufacturas, partida 78.06 Las demás manufacturas de plomo y, subpartida 7806.00.10.00 -Envases blindados para materias radiactivas. Esta clasificación arancelaria nos muestra que este producto grava tributos al comercio exterior AD VALOREM 0%, IVA 12% y FODINFA 0,5%. 

RECOMENDACIÓN 

Para una correcta clasificación de productos se recomienda realizar una búsqueda con detenimiento pero también tener en cuenta las reglas generales interpretativas así como las notas de sección, capítulo y explicativas. 

 

FUENTES

C. (2019). Clasificación arancelaria de mercancías: las 6 Reglas Generales. Grupo Cabeza.

https://www.cabeza.com/es/reglas-generales-clasificacion-arancelaria-de-mercancias/

Alvares, D. Plomo. Concepto. 

https://concepto.de/plomo/ 

 

AUTOR: Toapanta Alisson

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