CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE CLAVOS DE COBRE

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE CLAVOS DE COBRE

Descripción del Producto

Los clavos de cobre son elementos de fijación fabricados principalmente de cobre, un metal conocido por su resistencia a la corrosión y su conductividad eléctrica. A diferencia de los clavos convencionales de acero, los clavos de cobre están compuestos principalmente por cobre puro o una aleación de cobre.

La principal ventaja de los clavos de cobre es su resistencia a la corrosión. El cobre es un metal no ferroso que no se oxida fácilmente en presencia de humedad, lo que ayuda a prevenir la formación de óxido y el deterioro del clavo. Esto los hace especialmente útiles en áreas donde la exposición al agua, la humedad o la intemperie es común, ya que mantienen su integridad estructural durante un período de tiempo más largo.

Usos y función

Estos clavos son utilizados en una variedad de aplicaciones, tanto en interiores como en exteriores, donde se requiere una fijación duradera y resistente a la corrosión. Los clavos de cobre se utilizan comúnmente en proyectos de construcción y carpintería, así como en aplicaciones marinas y en entornos expuestos a condiciones húmedas.

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de las mercaderías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Para poder saber cuales son las reglas para aplicar hay que saber cuál es la composición de la mercancía a clasificar y además de ello conocer el arancel del ecuador y analizar si la mercancía a clasificar puede estar contenida en uno o varios capítulos.

 

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

 

 A fin de determinar la partida arancelaria, se considera la aplicación de la Regla General Interpretativa 1 , ya que el artículo tiene un valor indicativo ya que su Clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas De sección


Se considerará la partida 74.15 , Puntas, clavos, chinchetas (chinches), grapas apuntadas y artículos similares, de cobre, o con espiga de hierro o acero y cabeza de cobre; tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas y arandelas (incluidas las arandelas de muelle [resorte]) y artículos similares, de cobre.

Una vez determinada la partida se considerará la siguiente regla para determinar la subpartida arancelaria a 10 dígitos

 

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida.

 

De esta forma, la subpartida que se toma en consideración es:

7415.10.00.00  -  Puntas y calvos, chinchetas (chinches), grapas apuntadas y artículos similares

 

NOTAS EXPLICATIVAS:

 

Las disposiciones de la Nota Explicativa de las partidas 73.17 y 73.18 son válidas mutatis mutandis para las manufacturas de esta partida, con la observación de que los clavos de adorno y los llamados de tapicero, con cabeza de cobre y espiga de hierro o acero, están comprendidos aquí. 

Se excluyen de esta partida los protectores para suelas con puntas o sin ellas (partida 74.19).

N.E. Pág. 834 -Tomo II, Sexta Enmienda del Sistema Armonizado



SECCIÓN: XVI: Metales comunes y manufacturas de estos metales 

CAPÍTULO 74: Cobre y sus manufacturas 

PARTIDA 74.15: Puntas, clavos, chinchetas (chinches), grapas apuntadas y artículos similares, de cobre, o con espiga de hierro o acero y cabeza de cobre; tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas y arandelas (incluidas las arandelas de muelle [resorte]) y artículos similares, de cobre.

SUBPARTIDA: 7415.10.00.00 - Puntas y clavos, chinchetas (chinches), grapas apuntadas y artículos similares

TRIBUTOS ADUANEROS

AD VALOREM

15%

IVA

12%

FONDINFA

0.5%

NOTA: Su forma de aplicación es a base imponible.

 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES (MEDIDAS PARA-ARANCELARIAS)

  • RESTRICCIONES: No aplica
  • PROHIBICIÓN: República Popular Democrática de Corea del Norte.

CONCLUSIÓN

En virtud del análisis y la composición de los clavos de cobre , se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que se clasifica en la subpartida 7415.10.00.00, cuenta con un arancel ad valorem del 15 %, y esta información es de gran importancia para el importador ya que puede analizar la cantidad que vaya importar, aquí también se incluyen los impuestos como es el IVA y al FODINFA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y para su correcta clasificación se empleó las notas explicativas de sección y de capítulo.

RECOMENDACIONES

Es importante revisar y verificar la información del producto, para que se realice un proceso adecuado clasificación arancelaria del producto puesto que con una buena clasificación se evite posibles multas y la agilización de los procesos aduaneros. También es necesario consultar en el arancel del ecuador, para poder consultar con rapidez y facilidad los tributos fijos a pagar correspondientes a cada producto con su subpartida, así como también sus restricciones y prohibiciones, siempre tomando en cuenta la vigencia de las resoluciones.

Referencias

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Arancel del Ecuador, Pag. 270-271. (Ecuador, 2017)

SENAE browser. Adm. De nomenclatura y características de mercancías. Fecha de recuperación: 13-11-2022: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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