Clasificación Arancelaria de Casco de Motocicleta

Clasificación Arancelaria de Casco de Motocicleta

Introducción 

  • Nombre: Casco modular de cara completa YM-926 para motocicleta
  • Género:Unisex
  • Adecuado para: Cycling, Motorcycling
  • Material:Carcasa de ABS aerodinámico, EPS de densidad múltiple, correa de barbilla reforzada, hebilla de liberación rápida

Desarrollo 

REGLAS DE LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

REGLA 1 
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

REGLA 4
Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.

REGLA 6
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS DE SECCIÓN XII: CALZADO, SOMBREROS Y DEMÁS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES,
BASTONES, LÁTIGOS, FUSTAS, Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLO 

  1. No existen notas de sección 

NOTAS DE CAPÍTULO 65: Sombreros, demás tocados, y sus partes

  1. Este Capítulo no comprende:
    1. Los sombreros y demás tocados usados de la partida 63.09;
    2. Los sombreros y demás tocados de amianto (asbesto) (partida 68.12);
    3. Los sombreros y demás tocados que tengan el carácter de juguetes, tales como los sombreros para muñecas y los artículos para fiestas (Capítulo 95).
  2. La partida 65.02 no comprende los cascos o formas confeccionados por costura, excepto los que se obtienen por unión de tiras simplemente cosidas en espiral. 

NOTAS EXPLICATIVAS 

PARTIDA 6506 LOS DEMÁS SOMBREROS Y TOCADOS, INCLUSO GUARNECIDOS.

Esta partida incluye todos los sombreros y tocados no comprendidos en las partidas precedentes del presente Capítulo, ni en los Capítulos 63, 68 o 95. Comprende principalmente los cascos de seguridad (por ejemplo: los utilizados para la práctica de deportes, los cascos para militares, bomberos, motociclistas, así como los cascos para mineros y obreros de la construcción), estén o no provistos de burletes protectores e incluso de micrófonos o auriculares, en determinados cascos.

Esta partida comprende igualmente:

  • Los tocados de caucho o de plástico: gorros de baño, capuchas, etc.
  • Los tocados de piel o de cuero natural, artificial o regenerado.
  • Los tocados de peletería natural o artificial.
  • Los tocados de plumas o de flores artificiales.
  • Los cascos de metal. 

SUBPARTIDA 6506.10.00.00

  1. No existen notas explicativas para esta subpartida 

MECANISMOS CUANTITATIVOS

IVA: 12%
AD Valorem:30%
Impuesto General a las ventas: 16%
Derechos Específicos: 2%
FODINFA: 0,5% 

MECANISMOS CUALITATIVOS 

No existen restricciones de Inspección
No existen Prohibiciones de salida de la mercancía
No existen Prohibiciones del Ingreso de la mercancía

CONCLUSIONES
Clasificar correctamente los ponchos impermeables depende de si consideramos aspectos como material constitutivo, en otras palabras, es el material que compone al producto en mayor porcentaje o completamente, así como también el uso que se le da a dicho producto, como funciona, etc. En este caso el plástico que constituye al producto dicta la subpartida.

RECOMENDACIONES
Siempre tener clara la composición y el uso de la mercancía para luego utilizar documentos tales como el Arancel Nacional, donde podemos encontrar reglas generales interpretativas y notas explicativas ya que estas nos especifican cómo y qué mercancías se pueden clasificar dentro de una subpartida

FUENTE
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

AUTOR
Emilio Reyes

 

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