CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE CAPULLOS DE SEDA

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE CAPULLOS DE SEDA

Los capullos de seda son el producto de la sericultura, es decir de la crianza del gusano de seda o Bombyx mori; para obtener la seda es necesario hervir los capullos, los mismos proporcionan entre 700 a 1500 metros de hilo (Contreras, s.f.).

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para dar con una clasificación arancelaria acertada, es necesario establecer qué Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizados deben ser aplicadas, con el fin de determinar la subpartida más idónea; por ello, este producto se rige bajo las siguientes:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

NOTAS DE SECCIÓN

Sin texto de valor indicativo para la clasificación arancelaria.

NOTAS DE CAPÍTULO

Se entiende por seda, no sólo la materia fibrosa segregada por el Bombyx mori (gusano de seda de la morera), sino también los productos de secreción de insectos similares, llamados sedas silvestres (por ejemplo, el Bombyx textor). Entre estas sedas silvestres, así llamadas porque las orugas que las producen raramente han podido domesticarse, la más importante es la seda tussah producida por el gusano de seda del roble. La seda de araña y la seda marina o byssus (filamentos que sirven de órgano de fijación a ciertos moluscos del género Pinna) corresponden también a este Capítulo.

El Capítulo 50 comprende, en general, la seda, incluidas las mezclas de materias textiles asimiladas, en las diversas fases de su transformación, desde la materia prima hasta el tejido. Comprende igualmente el pelo de Mesina.

NOTAS EXPLICATIVAS

50.01 CAPULLOS DE SEDA APTOS PARA EL DEVANADO.

Esta partida sólo comprende los capullos susceptibles de producir en el devanado una hebra utilizable en la obtención de un filamento de seda cruda. Los capullos que no puedan devanarse se clasifican en la partida 50.03.

Los capullos de seda son, generalmente, amarillentos, blanquecinos o, a veces, verdosos.

POSICIÓN ARANCELARIA

Sección

XI

MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo

50

Seda

Partida

-

-

Subpartida

5001.00.00.00

Capullos de seda aptos para el devanado.

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Código de Unidad Física

Tributo

Código de Forma de Aplicación de Tributo

Valor Del Tributo

Kilogramo bruto

IVA

Base imponible

12%

FODINFA

Base imponible

0,5%

Ad Valorem

Base imponible

0%

 

INFORMACIÓN PARA-ARANCELARIA

Código De Régimen

Código de institución

Código De Requisito

Instancia Para Validación De Vigencia De Restricción

Importación a consumo

Viceministerio de Producción e Industrias

Registro de importador

Fecha de aceptación de la declaración aduanera

*Dependiendo del tipo de Régimen, varía el tipo de tipo de restricción, institución que otorga la documentación y la instancia de validación de vigencia de restricción.

CONCLUSIONES

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 50 el cual contiene Seda. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante las notas de sección, capítulo, partida y notas explicativas; se determina que la subpartida arancelaria es 5001.00.00.00 Capullos de seda aptos para el devanado.

RECOMENDACIONES

  • Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.
  • Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las RGI.

Autora: Antonella Moreta

Fuentes:

Comité del Comercio Exterior. (n.d.). NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR. Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SUNAT. (n.d.). Reglas Generales para la Interpretación del Arancel. SUNAT. http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informai/ara003.htm

Comunidad Andina. (2007, July 25). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) - NOTAS EXPLICATIVAS DE LA CUARTA ENMIEND. dane.gov. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Contreras, N. H. (s.f.). Universidad Verazcruzana. Obtenido de EL GUSANO PRODUCTOR DE SEDA: https://www.uv.mx/cienciauv/blog/elgusanoproductordeseda/

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