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CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO

Descripción

Corrector de postura M –L

Artículo confeccionado, la parte de la espalda es de cuero sintético (poliuretano) con soporte de materia textil que es un tejido de trama y urdimbre de fibras sintéticas crudas de poliéster.

-          Marca: DUPREE

-          Modelo: MBK-300

-          Color: blanco

-          Medidas: 98cm x 32.5cm x 30cm

-          Correas elásticas fuertes en la espalda y hombros,

Composición

-          40% poliuretano

-          30% poliéster

-          20% poliamida

-          10% látex

Uso

Se usa para reducir dolores de cuello, espalda y hombros y para mantener la espalda en postura correcta, consecuencia de su elasticidad al sujetarse mediante cintas elásticas, uso mujer.

 

ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA 

De acuerdo con las características técnicas de la mercancía y la aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura basada en el Sistema Armonizado (S.A.), permitirá identificar a través de la subpartida nacional y su respectiva descripción arancelaria la presente mercancía.

Por las características que presenta el producto en estudio, se considera la RGI 1 para el siguiente análisis:

RGI 1Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si  no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1.

S.A. Sección VIII, Capítulo 90, Partida 90.21, comprende entre otros, a los artículos y aparatos de ortopedia, incluidas las fajas y vendajes medico quirúrgicos y las muletas. Sin embargo, la nota 1 b) del capítulo 90 indica que este capítulo no comprende: los cinturones, fajas y demás artículos de materia textil cuyo efecto sea sostener o mantener un órgano como única consecuencia de su elasticidad.

El producto en estudio, es un artículo confeccionado casi en su totalidad por materia textil y su función es ayudar a mantener la espalda en una postura correcta como consecuencia de su elasticidad “no es un artículo médico quirúrgico” por lo que se excluye de la partida 90.21   

S.A. Sección XI – comprende a las materias textiles y sus manufacturas, la Nota 7 f) de la sección XI señala que, se entiende por confeccionados, los artículos unidos por costura, pegado u otra forma, así como las piezas constituidas por dos o más textiles superpuestos en toda su superficie y unidas de esta forma.

El producto en estudio, al ser un artículo de materia textil, cuyas partes han sido unidas por costura, califica como un artículo confeccionado de la Sección XI, que podría incluirse en el capítulo 62, partida 62.12, que comprende a los sostenes, fajas, tirantes y artículos similares, por ello el artículo que cubre gran parte de espalda y cintura que se sujeta por medio de cintas elásticas a cada lado de los hombros y que atraviesan los hombros y la parte delantera hasta unirse a la cinta elástica más gruesa que rodea la cintura, por lo que corresponde a analizar el alcance de esta partida a fin de determinar la inclusión del producto en ella.  

Esta partida admite la presencia de accesorios de accesorios de metal, en este caso pequeños imanes en el producto, que en aplicación del alcance señalado por las Notas Explicativas y lo establecido en la Regla 2 b) que indica que cualquier referencia a una manufactura en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias, por lo que el producto en estudio califica como un artículo comprendido en la partida 62.12.

Considerar:

S.A. Sección XI

Capítulo 62, Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto,

En consideración de:

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

La partida 62.12 se encuentra desagregada en cuatro subpartidas de primer nivel. La subpartida S.A. 6212.10 designa a los sostenes, la 6212.20 a las fajas y fajas braga, la 6212.30 a las fajas sostén, y la 6212.90 “los demás” a los artículos similares.

En tal sentido, el artículo en estudio cuya función es ayudar a mantener la espalda en una postura correcta, queda contenida en el texto de la subpartida NANDINA 6212.90 y se clasifica en la subpartida nacional 6212.90.00.00, en aplicación de la 1ra y 6ta Reglas generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.

TRIBUTOS ADUANEROS:

AD VALOREM

10%

IVA

12%

FODINFA

0.5%

ARANCEL ESPECÍFICO

5.5%

 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:

Restricciones

No aplica restricciones 

Prohibiciones 

La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte.

CONCLUSIÓN

En virtud del análisis arancelario, se concluye que, el producto denominado comercialmente, “Corrector de postura” consistente en reducir dolores de cuello, espalda y hombros y para mantener la espalda en postura correcta debe clasificarse en la subpartida nacional “6212.90.00.00”, en aplicación de la 1° y 6° RGI  de la nomenclatura del Arancel de Aduanas.

RECOMENDACIÓN

Se debe conocer claramente las características y función del producto, para determinar correctamente los tributos aduaneros, restricciones y prohibiciones. Es importante guiarse de las notas explicativas ya que amplía la información de las partidas y subpartidas permitiendo así la determinación óptima de la subpartida.

REFERENCIAS

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Ecuador, I. (2023, enero 6). Reglas de Interpretación Arancelaria NANDINA. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglas-de-interpretacion-arancelaria-nandina/

 

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