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  1. Descripción de la mercancía

Los cordones, cordoneras, agujetas,​trenzas,​cintas, pasadores o guatos,​son un accesorio utilizado para la sujeción del calzado al pie. El cordón debe ser pasado a través de los diferentes ojales del zapato desde la parte inferior hacia la superior. Una vez terminado este paso, se procede a realizar un nudo con el objeto de que el calzado quede aferrado al pie.

Los principales materiales usados por los fabricantes de cordones son poliéster, nailon, polipropileno, algodón, algodón encerado, fibra de carbono, yute, hilos metálicos, etc. La punta (también llamada herrete) regularmente consiste en acetato de celulosa fusionado por acetona, aunque también se pueden encontrar puntas metálicas

  1. Reglas generales interpretativas

Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Debido al uso de estas reglas se determina que los cordones de zapatos se clasifican en:

  • Sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas
  • Capítulo 56: Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos
  • Partida 56.09: Artículos de hilados, tiras o formas similares de las partidas 54.04 o 54.05, cordeles, cuerdas o cordajes, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  1. Notas explicativas

De acuerdo a la nota explicativa de la CAN, en la página 661 y de la partida 56.09: Están especialmente incluidos en esta partida los hilados, cordeles, cuerdas y cordajes cortados en longitudes determinadas, cuyo extremo o extremos formen un bucle o estén provistos de herrajes, corchetes, anillas u otros accesorios (por ejemplo: cordones de zapatos, cuerdas para tender ropa, cables para tracción), las eslingas de carga, las defensas de barcos, las almohadillas de descarga, las escalas (…).

Por ello, se determina que la subpartida arancelaria de los cordones de zapatos es 5609.00.90.00 - Las demás

  1. Medidas arancelarias y no arancelarias

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Conclusión
 

Los cordones de zapatos forman parte de la descripción de la partida: hilados, cordeles, cuerdas y cordajes cortados en longitudes determinadas, cuyo extremo o extremos formen un bucle o estén provistos de herrajes, corchetes, anillas u otros accesorios. Debido a esto esta mercancía se clasifica en la subpartida arancelaria 5609.00.90.00 - Las demás.

Recomendación

Es importante hacer una buena lectura de las notas explicativas de la CAN ya que nos ayudarán a clasificar de manera correcta debido a que se describa exactamente la mercancía que se está intentando clasificar. Además, hay que poner atención a los niveles de guiones que hay en el arancel para escoger el correcto.

Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

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