CLASIFICACIÓN ARANCELARIA CORCHETES, GANCHOS Y ANILLOS PARA OJETES

Es un refuerzo hueco de metal o de otro material duro. El ojete de metal se usa a menudo para reforzar ojales por donde pasan cordones o cuerdas, tales como zapatos, ropa, lona de camping o nàutica.

El tipo de ojete de metal más común es un anillo para insertar en un agujero hecho en un material fino, como por ejemplo una tela. Suelen ser acampanados y con una solapa en cada lado de la tela para mantenerlos en su sitio, y normalmente están hechos de metal, plástico o goma.

Se utilizan para evitar el rasgado o la abrasión del material perforado, para cubrir los bordes afilados de la perforación, o para ambos propósitos. Son muy comunes los ojetes de metal, que se utilizan en los zapatos para pasar los cordones.

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

REGLA 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

REGLA 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

DEFINICIÓN DE NOTAS EXPLICATIVAS

NOTA EXPLICATIVA PARTIDA 8308

Esta partida hanla sobre cierres, monturas cierre, hebillas, hebillas cierre, corchetes, ganchos, anillos para ojetes y articulos similares, de metal comun, para prendas de vestir, calzado, toldos, marroquineria o demas articulos confeccionados; remaches tubulares o con espiga hendida de metal comun; cuentas y lentejuelas, de metal comun.

NOTA DE SUBPARTIDA 8308.10

Entre los artículos comprendidos aquí, se pueden citar: A) Los corchetes, ganchos y anillos para ojetes, por ejemplo: para prendas, calzado, toldos, tiendas, velas.

Los artículos de los apartados A), C) y D) anteriores pueden tener partes de cuero o de piel, de tejido, de plástico, madera, cuerno, hueso, ebonita, nácar, marfil u otras materias o llevar imitaciones de piedras preciosas.

En este caso, siguen clasificadas aquí siempre que conserven el carácter de artículos metálicos. Pueden también estar adornados por el trabajo del metal (por ejemplo, zincelado o grabado). Se excluyen además de esta partida:

  1. a) Los adornos, excepto las hebillas, para sombreros, bolsos de mano, calzado, cinturones, por ejemplo, de la partida 71.17).
  2. b) Las lentejuelas metálicas sin recortar (Capítulos 74 a 76, en particular).
  3. c) Los remaches, excepto los tubulares o con espiga hendida; los portamosquetones (Capítulos 73 a 76, en particular).
  4. d) Los botones de presión y los botones cierre (partida 96.06). e) Los cierres de cremallera y sus partes (partida 96.07)

POSICIÓN ARANCELARIA

SecciónXV: METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES

Partida 8308: Cierres, monturas cierre, hebillas, hebillas cierre, corchetes, ganchos, anillos para ojetes y artículos similares, de metal común, para prendas de vestir, calzado, toldos, marroquinería o demás artículos confeccionados; remaches tubulares o con espiga hendida de metal común; cuentas y lentejuelas, de metal común.

Subpartida 8308.10.: Corchetes, ganchos y anillos para ojetes.

MEDIDAS ARANCELARIAS

CÓDIGO TRIBUTARIO

VALOR TRIBUTARIO

FECHA

FODINFA

0.5%

1 de Septiembre de 2017

IVA

12%

 

MEDIDAS PARARANCELARIAS

CÓDIGO DE RÉGIMEN

TIPO DE RESTRICCIÓN

CÓDIGO DE REQUISITO

FECHA DE INICIO DE VIGENCIA

IMPORTACIÓN A CONSUMO

PROHIBICIÓN

DCP

09/02/2018

 

CONCLUSION

Para concluir podemos decir que corchetes, ganchos y anillos para ojetes fué el producto número 2174to más comercializado en el mundo, siendo comercializado por un total de $790M. En 2018 el arancel promedio de Ganchos, ojos, ojales, para ropa, calzado, bolsas et fué 9,60%, siendo el arancel 2357 menor usando la HS6 clasificación de producto.

 

RECOMENDACIÓN

 

Se recomienda tener en cuenta el tipo de subpartida en el cual estamos clasificando nuestro producto a fin de que no exista ningún error en su importación y toda la información se encuentre detallada correctamenta en la SENAE

REFERENCIAS

https://oec.world/es/profile/hs/hooks-eyes-eyelets-for-clothing-footwear-bags-et

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

https://artsandculture.google.com/entity/m026s4x?hl=es

 

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