CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: CIPROFLOXACINA

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: CIPROFLOXACINA

 

CAPÍTULO 30

Productos farmacéuticos

 DEFINICIÓN 

El ciprofloxacino es un antibiótico del grupo de las fluoroquinolonas con efectos bactericidas, su modo de acción consiste en paralizar la replica bacterial del ADN al unirse con una enzima llamada ADN girasa, que queda bloqueada. La función del ADN girasa es deshacer el superenrollamiento de la doble cadena de ADN, permitiendo que otras enzimas puedan proceder a la replicación propiamente dicha. La bacteria queda incapacitada ara dividirse y finalmente muere

DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA MERCANCÍA

 

Nombre comercial de la mercancía:

CIPROFLOXACINA

Características

  • El principio activo es ciprofloxacino (hidrocloruro). Cada comprimido recubierto contiene 500 mg de ciprofloxacino (hidrocloruro).
  • Croscarmelosa de sodio
  • Celulosa microcristalina (E-460),
  • Sílice coloidal anhidra
  • Almidón de maíz sin gluten
  • Laurilsulfato de sodio
  • Estearato de magnesio (E-470b)
  • Talco (E-553b),hipromelosa (E-464)
  • Dióxido de titanio (E-171)
  • Macrogol 400

Presentación del producto:

Ciprofloxacino 500 mg se presenta en forma de comprimidos recubiertos, de color blanco, ovalados, marcados con el código “C500C” por una cara y ranurados por la otra.

 

ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

Regla 1 

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

A fin de determinar la partida arancelaria aplicable para la mercancía analizada, se toma en consideración lo siguiente:

Nota 2 de Sección VI:

 Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07 ó 38.08, se clasificará en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.

Texto de partida 3004

 Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 ó 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los destinados a ser administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor

Nota explicativa de la partida 3004

Esta partida comprende los medicamentos constituidos por productos mezclados o sin mezclar siempre que se presenten:

  1. Dosificados, es decir, repartidos uniformemente en las cantidades que deben emplearse para fines terapéuticos o profilácticos. Se presentan generalmente en ampollas (por ejemplo, el agua bidestilada en ampollas de 1,25 cm3 a 10 cm3 que se utilizan directamente para el tratamiento de ciertas enfermedades, principalmente el etilismo o el coma diabético, o como disolventes para la preparación de disoluciones medicinales inyectables), sellos, comprimidos, pastillas o tabletas, medicamentos dosificados para administrarse por vía transdérmica, o incluso en polvo, si se presentan en bolsitas dosificadas
  2. Acondicionados para la venta al por menor para usos terapéuticos o profilácticos. Se consideran como tales los productos (por ejemplo, el bicarbonato de sodio y el polvo de tamarindo) que por su acondicionamiento y principalmente por la presencia en cualquier forma de indicaciones apropiadas (naturaleza de las afecciones contra las que deben emplearse, modo de usarlos, posología, etc.) son identificables como destinados a la venta directa a los usuarios sin otro acondicionamiento (particulares, hospitales, etc.), para utilizarlos con los fines anteriormente indicados.

Del análisis realizado se determina que la mercancía, “CIPROFLOXACINO”, en presentación de tabletas recubiertas en cajas x 6 unidades, sin marca, es un medicamento, que contiene un antibiótico usado para el tratamiento de algunas infecciones bacterianas, se encuentra dosificado y acondicionado para la venta al por menor, por lo tanto queda incluido dentro de la partida arancelaria 30.04. 

Para determinar la subpartida arancelaria que le corresponde a la mercancía motivo de consulta, es necesario considerar la regla general interpretativa 6 que en su parte pertinente dice: 

Regla 6 

la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.

 

SECCIÓN

VI - Productos de las industrias químicas o de las industrias conexa

CAPÍTULO

30 – Productos farmaceúticos

PARTIDA

30.04 - Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30.02, 30.05 ó 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los destinados a ser administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor.

SUBPARTIDA

3004.20.19.00 - - - Los demás

TARIFA ARANCELARIA:

IVA

12%

FODINFA

0.5%

ICE

0%

AD VALOREM

5%

 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:

Restricciones:

  •  Documento de soporte: Formulario para la importación de medicamentos
  • Documento de control previo: Registro sanitario

Prohibiciones:

República popular democrática de Corea, Corea del Norte

Autorizante: Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria

 

CONCLUSIONES

Una vez realizado el análisis, en base a las Reglas Generales para la Interpretación de de la Nomenclatura Arancelaria ( 1 y 6 ) para la mercancía denominada CIPROFLOXACINO es un medicamento, que contiene un antibiótico usado para el tratamiento de algunas infecciones bacterianas, se encuentra dosificado y acondicionado para la venta al por menor, presentado, en tabletas recubiertas y se comercializa en cajas x 6 unidades; por lo tanto se clasifica en la partida arancelaria 30.04, subpartida “3004.20.19.00 - - - Los demás”

 

REFERENCIAS:

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdfxº

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

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