Clasificación Arancelaria - Bastón

Clasificación Arancelaria - Bastón

CRITERIO COMERCIAL

Es un bastón de aluminio con mango; la parte inferior cuenta con regatón de goma antideslizante, el cual sirve para: prevenir el resbalarse, evitar maltratar superficies, reducir ruidos y amortiguación; sus dimensiones son: 66 x 16 x 29 cm, la altura total graduable es mediante pines, entre: 72-94 cm, peso: 0.4 k. Indica que es de uso médico, ortopédico. Indica que es de uso médico, ortopédico

 

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

Primera Regla General: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la Clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo a las Reglas siguientes”

Sexta Regla General: “La clasificación de las mercancías en las subpartidas de una misma partida, está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”; se procede a clasificar El Producto a nivel de subpartida. Al no existir apertura de subpartida Sistema armonizado; por tratarse El Producto de un bastón simple de aluminio para uso de minusválidos y ancianos queda comprendido en la subpartida 6602.00; y al no tener apertura especifica de subpartida a nivel NANDINA, ni nacional, le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 6602.00.00.00, en aplicación de la 1ra. y 6ta. Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas,

CRITERIO ARANCELARIO

SECCIÓN XII - Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello.

CAPITULO 66 - Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas y sus partes.

PARTIDA 66.02 - Bastones, bastones asiento, látigos, fustas y artículos similares.

DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS

Que, en la Sección X1I6, Capítulo 667, la partida 66.02 comprende a los bastones, bastones asiento, látigos, fustas y artículos similares. Según los alcances que brindan las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de la partida 66.02 señala que: "entre los bastones que se clasifican en esta partida, se pueden citar los bastones utilizados como apoyo para andar, los bastones de exploradores, los cayados de pastores, los bastones para minusválidos o ancianos, los bastones-asiento caracterizados por una empuñadura convertible en asiento". En consecuencia, al Tratarse El Producto de un bastón simple de aluminio; en aplicación de la RGI 1, corresponde su clasificación en la partida 66.02

MEDIDAS ARANCELARIAS

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SE RESUELVE:

Se clasifíca al producto denominado comercialmente "BASTÓN”, en la subpartida nacional 6602.00.00.00 del Arancel aprobado por Decreto.

Fuente:

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

AUTOR: Yael Noguera

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