Clasificación arancelaria - Alfombra de nudo

Alfombra de nudos

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  1. Descripción de la mercancía

Alfombra de nudos tejida con fibra de poliéster muy suave al tacto, sobre una estructura tejida de algodón. La mayor parte de las alfombras de nudo se fabrican a mano en las dimensiones que se deseen, con hilos de pelo de distintos colores para formar un dibujo. Se pueden también fabricar en telares mecánicos, obteniéndose así alfombras que se caracterizan, en general, por sus filas o líneas de puntos más regulares y por sus orillos perfectamente paralelos. Los hilos de pelo son casi siempre de lana o de seda o, a veces, de mohair o cachemira. En cuanto al tejido de fondo, está hecho casi siempre con hilados de algodón, lana o pelo; las alfombras mecánicas, con hilados de algodón, lino, cáñamo o yute.

  1. Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Regla 2b: La Regla 2 b) afecta a las materias mezcladas o asociadas con otras materias y a las manufacturas constituidas por dos o más materias. Las partidas a las que se refiere son las que mencionan una materia determinada, por ejemplo, la partida 05.07, marfil, y las que se refieren a manufacturas de una materia determinada. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

Regla 3b: Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartida y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  1. Notas de capítulo

Nota 1 del capítulo 57: En este Capítulo, se entiende por alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, cualquier revestimiento para el suelo cuya superficie de materia textil quede al exterior después de colocado. También están comprendidos los artículos que tengan las características de los revestimientos para el suelo de materia textil pero que se utilicen para otros fines

  1. Notas explicativas

La nota explicativa de la partida 57.01 explica que las alfombras de nudo de materia textil están constituidas por una urdimbre de fondo tensa y por hilos de pelo que están anudados, o bien enrollados alrededor de los hilos de urdimbre, dando la vuelta completa a estos hilos o a una parte de ellos y que se mantienen en el lugar adecuado por los hilos de trama de fondo (llamados hilos de tela); esta forma en que los hilos de pelo se anudan o se enrollan sobre los hilos de urdimbre es lo que caracteriza a este tipo de alfombras.

  1. Sección

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar con el título de la sección que la alfombra de nudo se clasificará en la Sección X1: Materiales textiles y sus manufacturas

  1. Capítulo

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar que el hilo de coser se clasificará en el capítulo 57: Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.

Es importante aclara que aunque la alfombra se encuentre fabricada por fibra de poliéster no se puede considerar esto como lo primordial al momento de su clasificación arancelaria ya que el carácter esencial de la mercancía es que es una alfombra (regla 2b y 3a).

  1. Partida

De acuerdo a la primera regla de clasificación el hilo de coser tendrá que ser clasificado en la partida 57.01: Alfombras de nudo de material textil, incluso confeccionadas.

  1. Subpartida

Haciendo uso de la regla 6 y después de las notas explicativas necesarias podemos determinar que la alfombra de nudos se clasifica en la subpartida 5701.90.00.00 – De las demás materias textiles.

  1. Información arancelaria

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Nota. Elaboración propia, información del ECUAPASS

  1. Información para – arancelaria

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Nota. Elaboración propia, información del ECUAPASS

  1. Conclusiones

La alfombra de nudo se clasificará en la subpartida 5701.90.00.00 – De las demás materias textiles, de la partida 57.01: Alfombras de nudo de material textil, incluso confeccionadas, capitulo 57: Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.

Además, tiene un arancel del 30%, FODINFA de 0,5% y el pago de IVA del 12%. Será de prohibida importación y exportación a Corea del Norte.

  1. Recomendaciones

Es importante conocer la regla 2a y 2b ya que estas nos permiten saber que el carácter esencial de la mercancía, por lo que no debería haber confusión en clasificar la alfombra de nuda. Además, gracias a la regla 1 podemos ir directamente al capítulo y partida en el que se mencionan a los diferentes tipos de alfombras.

  1. Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

ECUAPASS

AUTOR: Pamela Monserrat Lasso Velásquez

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