CLASIFICACIÓN ARANCELARIA- ALCOHOL CETÍLICO

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA- ALCOHOL CETÍLICO

Introducción

 El alcohol cetílico es una materia básica neutra con buena compatibilidad con la piel y las mucosas. Tiene acción emoliente por impedir la desecación de la epidermis en su capa córnea al retardar la evaporación del agua de la superfície cutánea, quedando la piel mas blanda y flexible. No es irritante.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo”.

RGI N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

 

APLICACIÓN DE NOTA DE CAPITULO

Este Capítulo no comprende:

  1. a) los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los siguientes:

1) el grafito artificial (partida 38.01); los insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en las formas o envases previstos en la partida 38.08;

2)los productos extintores presentados como cargas para aparatos extintores o en granadas o bombas extintoras (partida 38.13);

3) los materiales de referencia certificados especificados en la Nota 2 siguiente; 5) los productos citados en las Notas 3 a) ó 3 c) siguientes;

b) las mezclas de productos químicos con sustancias alimenticias u otras que tengan valor nutritivo, de los tipos utilizados en la preparación de alimentos para consumo humano (partida 21.06, generalmente);

c) las escorias, cenizas y residuos (incluidos los lodos, excepto los lodos de depuración), que contengan metal, arsénico o sus mezclas y cumplan las condiciones de las Notas 3 a) ó 3 b) del Capítulo 26 (partida 26.20);

d) los medicamentos (partidas 30.03 ó 30.04);

APLICACIÓN DE NOTA EXPLICATIVA

Los alcoholes grasos industriales comprendidos en esta partida son mezclas de alcoholes acíclicos obtenidos principalmente por reducción catalítica de los ácidos grasos industriales de esta partida (véase el apartado A anterior) o de sus ésteres, por saponificación del aceite de cachalote, por reacción catalítica entre las olefinas, el óxido de carbono y el hidrógeno (síntesis Oxo), por hidratación de las olefinas, por oxidación de hidrocarburos o por otros medios.Normalmente son productos líquidos; sin embargo, algunos son sólidos.

Los principales alcoholes grasos industriales de esta partida son los siguientes:

1) El alcohol laurílico industrial, mezcla de alcoholes grasos saturados obtenido por reducción catalítica de los ácidos grasos del aceite de coco. Líquido a la temperatura ordinaria, a temperaturas más bajas adquiere una consistencia semisólida.

2) El alcohol cetílico industrial, mezcla de alcohol cetílico y de alcohol esteárico en la que predomina el primero; se obtiene a partir del aceite de cachalote o del aceite de espermaceti. A la temperatura ordinaria es un líquido cristalino y translúcido.

3) El alcohol estearílico industrial que es una mezcla de alcohol esteárico y de alcohol cetílico obtenido por reducción de la estearina o de aceites ricos en ácido esteárico o incluso del aceite de cachalote, por hidrogenación e hidrólisis, seguidas de destilación. A la temperatura normal, es un sólido blanco cristalino.

4) El alcohol oleílico industrial obtenido por reducción de la oleína o por presión hidráulica a partir de alcoholes derivados del aceite de cachalote. Es líquido a la temperatura ambiente.

5) Las mezclas de alcoholes primarios alifáticos, compuestos habitualmente de alcoholes con seis a trece átomos de carbono. Se trata de líquidos obtenidos generalmente por la síntesis Oxo.

Los alcoholes grasos mencionados en los apartados 1) a 4) anteriores se utilizan, sobre todo, en la

preparación de derivados sulfonados, cuyas sales alcalinas son los agentes de superficie orgánicos de la partida 34.02. Los alcoholes grasos del apartado 5) se utilizan sobre todo en la fabricación de plastificantes para el poli(cloruro de vinilo).

Los alcoholes grasos industriales que presenten los caracteres de las ceras están también clasificados aquí.

Esta partida no comprende los alcoholes grasos de constitución química definida de pureza superior o igual al 90% (calculado en relación con el peso del producto en estado seco) (generalmente, partida 29.05).

POSICIÓN ARANCELARIA

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Conclusión

Se puede concluir que la clasificación arancelaria del Ácido esteárico está sujeta a las RG1- RG6, ya que cuenta con una subpartida especifica y  a las notas explicativas de subpartida, de tal forma que, la Sección a la que pertenece es VI, Capítulo 38. Partida 38.23 y  Sub-partida 3823.70.20.00 - - Alcohol cetílico

 Recomendaciones

Es importante a la hora de clasificar las mercancías aplicar las Reglas Generales Interpretativas para que se tenga un lenguaje común al momento de realizar la clasificación arancelaria ademas de que esto nos lleva a identificar correctamente la partida arancelaria de las mercancías a importar​ ​por​ ​su​ ​composición,​ ​utilización,​ ​uso,​ ​procedimiento​ ​de​ ​fabricación,​ ​etc.

Referencias

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS

NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

CONSULTA DE ARANCEL NACIONAL DEL ECUADOR . Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

 

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