CLASIFICACIÓN ARANCELARIA – ALAMBRE DE ALUMINIO

Producto obtenido por traficación continua de alambrón de aluminio, lo cual aumenta la homogeneidad en propiedades mecánicas y la exactitud en el calibre del alambre. Utilizado en la fabricación de remaches industriales para estampación y conformación de piezas especiales.

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REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

 

RGI N°1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas). 

 

RGI N°6 - SUBPARTIDAS

La cual establece que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de las subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”;

NOTAS DE SECCIÓN

En la Sección XV, la cual comprende a: “Metales comunes y manufacturas de estos metales”, el Capítulo 76 incluye al “Aluminio y sus manufacturas”

NOTAS DE CAPÍTULO

Este Capítulo trata del aluminio y sus aleaciones. El aluminio se obtiene principalmente a partir de la bauxita, alúmina hidratada impura (véase la Nota Explicativa de la partida 26.06). La bauxita se transforma primero en alúmina pura (óxido de aluminio, generalmente por los tratamientos siguientes: molido y calcinación del mineral; acción de la sosa cáustica en autoclave; filtrado del líquido obtenido (disolución de aluminato de sodio), para eliminar las impurezas no disueltas (por ejemplo, óxido de hierro o sílice); disociación del aluminato de sodio para que se deposite la alúmina hidratada; filtrado y después calcinación del hidrato de alúmina para obtener alúmina pura en forma de polvo blanco. Sin embargo, el óxido y el hidróxido de aluminio se clasifican en el Capítulo 28.

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota explicativa de la partida 76.05

El alambre se define en la Nota 1 c) del presente Capítulo. Esta partida no comprende:

  1. a) El alambre de aluminio combinado con hilados textiles (hilados metálicos) (partida 56.05).
  2. b) Los cordeles y cuerdas armados (partida 56.07).
  3. c) Los cables y demás artículos de la partida 76.14.
  4. d) El alambre revestido para soldadura o deposición de metal (partida 83.11).
  5. e) El alambre aislado para electricidad (incluido el laqueado u oxidado anódicamente) (partida 85.44).
  6. f) Las cuerdas armónicas (partida 92.09)

 

POSICIÓN ARANCELARIA

 

Capitulo

76

Aluminio y sus manufacturas

Partida

76.05

Alambre de aluminio

Subpartida

7605.11.00.00

- - Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 7 mm

 

MEDIDAS ARANCELARIAS

Tributo

Valor del tributo

Fecha de inicio de vigencia

IVA

12%

 

01/09/2017

ARANCEL ADVALOREM

0%

FONDINFA

0.5%

 

FUENTE: SENAE (2017)

MEDIDAS PARARANCELARIAS

Tipo de restricción

Código de requisito

Fecha de inicio de vigencia

Prohibición

DCP

09/02/2018

 

FUENTE: SENAE (2018)

 

CONCLUSIÓN

El alambre de aluminio se clasifico en la subpartida 7605.11.00.00, así también podemos observar que este producto tiene una medida pararancelaria de prohibición y con código de requisito de DCP para REPUBLICA DE COREA, para la clasificación arancelaria se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y las notas explicativas de la VUENESA de la partida 76.05.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda considerar la una base legal para la adecuada clasificación arancelaria de cualquier producto, de esa manera podremos sacar mayor ventaja de los productos que nos interese importar y que nos podemos acoger a las preferencias arancelarias para una reducción de valores de tributos a pagar, en el caso de los envases de plomo tenemos un porcentaje de arancel Ad Valorem del 0%.

 

 

FUENTES

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