Clasificación aduanera de Flonatur Arena de Sílice

Clasificación aduanera de Flonatur Arena de Sílice

Introducción
La Flonatur Arena de Sílice se presenta como un componente esencial en diversas aplicaciones, desde pavimentos decorativos hasta campos deportivos y césped artificial. Este producto, fabricado en España bajo la reconocida marca Flonatur, ofrece propiedades que mejoran la firmeza del césped, aumentan la resistencia a las pisadas y actúan como aislante térmico. Este informe tiene como objetivo proporcionar una descripción detallada y las características técnicas de la Flonatur Arena de Sílice, así como su clasificación aduanera para facilitar su comercialización y transporte.

Descripción 
La Flonatur Arena de Sílice, diseñada específicamente para césped artificial, se presenta en sacos de 25 kg. Este producto no solo es adecuado para su uso en pavimentos decorativos, sino que también encuentra aplicación en pistas de pádel, campos de fútbol y otras superficies deportivas. Además, su granulometría de 0,1-0,8 asegura una consistencia óptima para diversos propósitos, como el chorreo fino y la fabricación de morteros de elevada resistencia.

Características Técnicas Principales
Mejora de firmeza del césped: La Flonatur Arena de Sílice contribuye significativamente a mejorar la firmeza de superficies de césped artificial, proporcionando un soporte sólido y duradero.

Aumento de resistencia a las pisadas: Este producto ofrece una mayor resistencia a las pisadas, lo que resulta crucial en áreas de tráfico intenso, como campos deportivos o pavimentos decorativos.

Aislante térmico: La propiedad aislante térmico de la arena de sílice Flonatur la convierte en una elección ideal para aplicaciones donde se requiere regulación de temperatura, como pavimentos exteriores.

Análisis arancelario
Las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado (RGI) constituyen un enfoque sistemático que facilita la clasificación de una mercancía mediante la asignación de un código específico, conocido como subpartida arancelaria. En el contexto de la RGI 1, se establece que "Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”.

Con estos antecedentes, el capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos contiene la partida 25.05, Arenas naturales de cualquier clase, incluso coloreadas, excepto las arenas metalíferas del Capítulo 26. En aplicación de la RGI 1 se procede a clasificar el producto, Arena de Sílice de Flonatur, se clasifica en la partida 25.05 al tratarse de una arena natural.

De igual manera, la regla 6, establece que, “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

La partida 25.05 se subdivide en dos niveles: Arenas silíceas y arenas cuarzosas 2505.10.00.00 y Las demás 2505.90.00.00.  En este caso, el producto, de acuerdo a información proporcionada por el fabricante, se trata de arena silícea empleada para el cuidado animal y que cuidado de suelos por lo que se clasifica en la subpartida 2505.10.00.00.

Clasificación Arancelaria
Sección V: Productos Minerales
Capítulo 25: Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos
Partida 25.05: Arenas naturales de cualquier clase, incluso coloreadas, excepto las arenas metalíferas del Capítulo 26.
Subpartida 2505.10.00.00:  Arenas silíceas y arenas cuarzosas.

Información arancelaria
Advalorem: 0%
Fodinfa: 0.05%
IVA: 12%
ICE: 0%

Restricciones
En régimen de importación a consumo se establece lo siguiente:

Régimen: Importación a consumo
Código de País de Origen: REPÚBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRÁTICA 
Tipo de Restricción: Prohibición

Conclusiones
La Flonatur Arena de Sílice, al ser analizada desde la perspectiva de la clasificación arancelaria, encuentra su ubicación específica dentro del Sistema Armonizado. De acuerdo con la información proporcionada, se identifica que la mercancía se enmarca en la Partida 25.05, bajo la Subpartida 2505.10.00.00, que abarca las arenas silíceas y cuarzosas, en la Sección V dedicada a los Productos Minerales. Esta asignación arancelaria es esencial para el proceso de importación y exportación, facilitando el comercio internacional al proporcionar una categorización específica y precisa.

Recomendaciones
Antes de embarcar o recibir la Flonatur Arena de Sílice, se recomienda verificar minuciosamente la correcta asignación del código arancelario 2505.10.00.00. Esto asegurará el cumplimiento con las regulaciones aduaneras y evitará posibles inconvenientes durante el proceso de despacho.

Referencias
ALADI. (2010). REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DEL SISTEMA ARMONIZADO. https://www2.aladi.org/naladisa02/Reglas.pdf

Miravia. (2021). Flonatur. Arena de silice para cesped Artificial. Saco 25kg, arena de gatos, pavimentos decorativos, deportivos, pistas de pádel, fútbol. Granulometría 0,1-0,8. Miravia. https://www.miravia.es/p/i1356766611394212.html

Nomenclatura de designación y codificación de mercancía  del Ecuador, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Notas Explicativas del Sistema Armonizado. (2007), https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

SENAE. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

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