CLASIFICACIÓN ARANCELARIA - SODIO

DEFINICIÓN

El sodio es un elemento químico con número atómico 11 que es un metal alcalino blando, untuoso, de color plateado, muy abundante en la naturaleza, encontrándose en la sal marina y la mineral halita. Es muy reactivo, arde con llama amarilla, se oxida en presencia de oxígeno y reacciona violentamente con el agua.

Regla General Interpretativa

RGI 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas de la 2 a la 5.

RGI 6: La clasificación de mercancías en las Subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas Subpartidas y de las Notas de Subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse Subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Definición Notas Explicativas   pág. (184)

Notas.

28.05 METALES ALCALINOS O ALCALINOTERREOS; METALES DE LAS TIERRAS RARAS, ESCANDIO E ITRIO, INCLUSO MEZCLADOS O ALEADOS ENTRE SI; MERCURIO. – Metales alcalinos o alcalinotérreos:

2805.11 – – Sodio.

2805.12 – – Calcio.

  1. – METALES ALCALINOS

2) Sodio. Sólido con brillo metálico, de densidad 0.97, que se empaña fácilmente una vez cortado. Se conserva en aceite mineral o en latas totalmente soldadas. Se obtiene por electrólisis del cloruro de sodio fundido o de la sosa cáustica fundida. Se emplea sobre todo en la obtención del peróxido o dióxido de sodio, de cianuro de sodio, de amiduro de sodio, etc. Se utiliza también en la industria del índigo o en la de los explosivos (cebos químicos), en la polimerización del butadieno, en la preparación de aleaciones antifricción o en la metalurgia del titanio, del circonio, etc. La amalgama de sodio se clasifica en la partida 28.53.

Notas Legales de Sección o Notas Legales de Capitulo o de Partida

SECCIÓN: VI                                                                                                CAPÍTULO: 28

SECCIÓN 

Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas

CAPíTULO

Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos.

POSICIÓN ARANCELARIA

PARTIDA: 28.05

Metales alcalinos o alcalinoterreos; metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados entre sí; mercurio.

SUBPARTIDA: 2805.11.00.00

– – Sodio.

RESTRICCIÓN ARANCELARIA NACIONAL

No existen restricciones de Inspección
No existen Prohibiciones de salida de la mercancía
No existen Prohibiciones del Ingreso de la mercancía

 

Conclusión:

  • Hay que tener en cuenta que al clasificar que los títulos de las secciones, capítulos son solo indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y de esta manera clasificarlos en la partida correcta para evitar problemas.

 

 

Referencia:

Exterior, C. d. (2017). Resolución-No.-020-2017 arancel nacional sexta enmienda. Quito.

 

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