Cinturón de cuero

Cinturón de cuero

Introducción
Los cinturones de cuero cumplen diversas funciones, siendo su propósito principal mantener la ropa en su lugar alrededor de la cintura, brindando estilo y ajuste a la vez. Además de ser accesorios de moda que complementan el atuendo, también pueden proporcionar soporte lumbar, indicar estatus, y en ciertos contextos, servir como equipos de seguridad. Su versatilidad los hace útiles tanto en la moda como en situaciones prácticas y deportivas.

Reglas generales interpretativas

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los sub capítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no, son contrarias a los textos de dichas partidas y Nota

RGI 2: La clasificación de mercancías en las sub partidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas sub partidas y de las Notas de sub partida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse sub partidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Posición Arancelaria

Sección VIII: Materias; Artículos De Talabartería O Guarnicionería; Artículos De Viaje, Bolsos De Mano (Carteras) Y Continentes Similares; Manufacturas De Tripa

Capítulo 42: Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa.

Partida 42.03: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de cuero natural o cuero regenerado.

Subpartida 4203.30.00.00: - Cintos, cinturones y bandoleras.

Tributos Vigentes

  • Ad valorem: 30%
  • Fodinfa: 0,5%
  • IVA: 12%

Conclusión

La subpartida 4203.30.00.00 es una clasificación arancelaria importante para los productos de manufacturas de cuero como son los cinturones, y es importante tener en cuenta los tributos vigentes como es un Ad valorem del 30%, Fodinfa del 0,5% y un IVA de 12% para esta subpartida al importar o exportar estos productos

Recomendación

Es recomendable que se informe adecuadamente sobre las regulaciones y requisitos arancelarios y de aduanas que se aplican en los países de origen y destino. También es importante que verifique la clasificación exacta de su producto para asegurarse de que está pagando el arancel correcto y evitar posibles problemas o sanciones.

Bibliografía

  • Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del ecuador
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE - Consulta del arancel.

 

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