Introducción

La chenilla, derivada del término francés "chenille" que significa oruga, hace referencia a una técnica de tejido que produce un exquisito y aterciopelado material. Esta técnica se caracteriza por la creación de pequeños bucles en la superficie del tejido, los cuales le confieren una apariencia única y sumamente atractiva.

Desde su invención en el siglo XVIII, los tejidos de chenilla han sido altamente valorados en diversas aplicaciones, desde la confección de elegantes prendas de vestir hasta la decoración de interiores en hogares y espacios comerciales. Su capacidad para adaptarse a una amplia variedad de estilos y diseños ha consolidado su presencia en el mercado internacional, convirtiéndose en una opción popular tanto para diseñadores como para consumidores.

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

  • RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
  • RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

Posición Arancelaria

Sección:  XI - Materias Textiles y sus manufacturas.

Capitulo:  58 - Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados.

Partida:  58.01 - Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

Subpartida: 5801.26.00.00 - - Tejidos de chenilla

Notas Explicativas

58.01 - Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

5801.10 – De lana o de pelo fino.

                – De algodón:

 5801.21 – – Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

 5801.22 – – Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, “corduroy”).

 5801.23 – – Los demás terciopelos y felpas por trama.

 5801.24 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

 5801.25 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

 5801.26 – – Tejidos de chenilla.

                   – De fibras sintéticas o artificiales:

 5801.31 – – Terciopelo y felpa por trama sin cortar.

 5801.32 – – Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, “corduroy”).

 5801.33 – – Los demás terciopelos y felpas por trama.

 5801.34 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

 5801.35 – – Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

 5801.36 – – Tejidos de chenilla.

 5801.90 – De las demás materias textiles.

B.- TEJIDOS DE CHENILLA

El terciopelo y demás tejidos de chenilla se asemejan a las alfombras de chenilla de la partida 57.02; como estas últimas, la superficie aterciopelada (generalmente en las dos caras) se obtiene mediante hilos de chenilla y se fabrican generalmente con una trama suplementaria formada por hilos de chenilla, o bien introduciendo en la urdimbre, durante la fabricación del tejido de fondo, trozos de hilos de chenilla de diferentes colores y longitudes.

La materia textil que se utiliza en la fabricación de terciopelo, pana, felpa, tejidos rizados y de chenilla es muy diversa: seda, lana, pelo fino, algodón y fibras sintéticas o artificiales son las materias más empleadas para formar el pelo del tejido.

El terciopelo, la pana, felpa y los tejidos de chenilla pueden ser lisos, de cordoncillo o labrados o incluso después de su obtención, pueden gofrarse o darles un aspecto de moaré. Los labrados combinan a la vez, por ejemplo, espacios con rizo y espacios cortados (son los terciopelos recortados), o bien, espacios con pelo largo y espacios con pelo cortado al raso, lo que origina dibujos muy variados. Algunos terciopelos y felpas imitan a la peletería: son los llamados de astracán, caracul, foca o imitación de leopardo. Por el contrario, las imitaciones de peletería de materia textil obtenidas por procedimientos distintos al tejido (por ejemplo, las obtenidas por pegado, cosido, etc.) se clasifican en la partida 43.04.

Debe observarse que, entre los tejidos comprendidos en esta partida, existen muchos cuya fabricación es análoga a la de las moquetas o alfombras similares, o a la de las alfombras de chenilla de la partida 57.02. Pueden, sin embargo, distinguirse de ellas fácilmente, dado que, como están diseñados para utilizarse como telas de vestir o tapizar y decorar, y no para recubrir los suelos, los tejidos incluidos en esta partida se fabrican con materiales más finos y tienen un tejido de fondo mucho más flexible.

También se excluyen de esta partida:

a) Los tejidos que imitan los terciopelos y las felpas, en particular los tejidos llamados falsos terciopelos, rizados o ratinados, cuyo aspecto resulta de la utilización de hilados previamente rizados (hilados de fantasía) o de un tratamiento especial de la superficie del tejido (por ejemplo, perchado) (Capítulos 50 a 55, generalmente).

b) Los tejidos con bucles para toalla y las superficies textiles con pelo insertado de la partida 58.02.

c) El terciopelo, la pana, felpa, etc., que respondan al concepto de cintas (partida 58.06).

d) Las telas de punto y las telas de costura por cadeneta que imiten terciopelo, pana o felpa (partida 60.01 o 56.02, según los casos).

e) El terciopelo, la pana, felpa, etc., confeccionados conforme se expone en la parte II de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

Tributos Fijos a las Mercancías

Ad Valorem: 20%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

Restricciones y Prohibición

País Origen:  República Popular Democrática de Corea del Norte.

Código de Régimen: Transito aduanero, Transfronterizo (Tulcán, Sucumbíos, Loja-Macara, Huaquillas).

Tipo de Restricción: Prohibición.

Código de Requisito: DCP

Conclusión

Los tejidos de chenilla se clasifica en la subpartida 5801.26.00.00 su posición arancelaria indica que la mercancía grava Ad valorem del 20%, IVA del 12% y FODINFA 0,5%, y tiene una medida de prohibición con requisito de DCP (Documento de Control Previo) para Corea del Norte.  

Recomendación

Recomendación importante es que se utilice los tejidos de chenilla como, por ejemplo: Cojines de chenilla para realzar la decoración en el hogar

Los cojines de chenilla son una excelente elección para añadir un toque de elegancia y confort a la decoración de tu hogar. La suavidad y el aspecto lujoso de la chenilla hacen que estos cojines sean irresistibles al tacto y visualmente atractivos. Se puede elegir entre una amplia variedad de colores y diseños, lo que permite combinarlos fácilmente con tu mobiliario y estilo de decoración.

Bibliografía

  • Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador.
  • Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA).
  • Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
  • SENAE – Consulta del arancel.
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