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Es un certificado de circulación que constituye el título justificativo para la aplicación del régimen arancelario preferencial (reducción del arancel en el momento de la importación).

Este documento es utilizado en el comercio con países Mediterráneos, EFTA, países ACP (Régimen Comercial Preferencial para los Países del África, Caribe y Pacífico), así como para las mercancías originarias de países y territorios de ultramar (PTUM). Con los países ACP y PTUM la Unión Europea ha firmado acuerdos de Asociación Económica. Para países con los que la Unión Europea ha suscrito Acuerdos Bilaterales Preferenciales (Sudáfrica, México y Chile).

Las solicitudes de certificados de circulación de mercancías EUR.1 deberán ser conservadas durante tres años como mínimo por las autoridades competentes del país o territorio beneficiario o del Estado miembro de exportación.

En caso de robo, pérdida o destrucción de un certificado de circulación de mercancías EUR.1, el exportador podrá solicitar un duplicado a las autoridades competentes que lo hayan expedido, sobre la base de los documentos de exportación que obren en su poder. En el duplicado extendido de esta forma deberá figurar la mención “Duplicado”. que se indicará en la casilla «Observaciones» del duplicado del certificado de circulación de mercancías EUR.1.

Momento de expedición del Certificado deOrigen EUR1

El certificado EUR1 será expedido en el momento de la exportación de las mercancías a que se refiera por las autoridades del Estado miembro o del país o territorio de exportación. No obstante, con carácter excepcional se podrán expedir certificados de circulación de mercancías EUR.1 después de la exportación efectiva de los productos a los que se refieren si:

  1. no se expidieron en el momento de la exportación por errores, omisiones involuntarias o circunstancias especiales; o
  2. se demuestra a satisfacción de las autoridades competentes que se expidió un certificado de circulación de mercancías EUR.1 que no fue aceptado a la importación por motivos técnicos.

El certificado de circulación de mercancías EUR 1 debe completarse o llenarse en uno de los idiomas en los que se ha redactado el Acuerdo Comercial Multipartes entre Ecuador, Colombia y el Perú, por una Parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por Otra (se completara en idioma español) y de conformidad con las disposiciones de la legislación nacional de la Parte exportadora.

Conclusión

Con la vigencia el Acuerdo Multipartes Unión Europea-Países Andinos del cual el Ecuador se adhirió, y con el fin de tener una herramienta informática que permita al exportador poder generar sus solicitudes de certificados de circulación de mercancías y posteriormente obtener su certificado de circulación de mercancías EUR.1, se ha desarrollado la inclusión de este nuevo formato en la Ventanilla Única Ecuatoriana-VUE que se interconecta con el Sistema de Gestión de Certificados de Origen-SIGCO, para cumplir con el flujo de solicitud, revisión y aprobación del certificad de origen solicitado.

Recomendación

Es un documento justificativo del origen preferencial otorgado por la Comunidad Europea con aquellos países con los cuales mantiene un Acuerdo Preferencial como el que tiene el Ecuador.

Referencias

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