REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE EXPORTACIÓN DE MINERALES

Introducción

     La exportación de minerales en Ecuador ha tenido un crecimiento considerable en el primer semestre del año 2020 en el cual se exportó un valor de $391 millones, tres veces más comparado con el mismo período en 2019.

Los principales minerales que se exportan son: cobre, oro, doré, concentrados de cobre y oro, piedra pómez, zeolita, etc., siendo sus principales destinos: Alemania, Bélgica, Chile, China, Colombia, Emiratos Árabes Unidos, etc.

Por otro lado, pese a la emergencia sanitaria que enfrentan los países alrededor del mundo en el mes de agosto estas exportaciones mineras aumentaron un 189% respecto del mes de julio del mismo año, las principales razones que justifican este crecimiento son:

  • Crecimiento continuo de la pequeña minería.
  • Aumento en el precio de los commodities.
  • Consolidación de la minería a gran escala en Ecuador.

Desarrollo

     La exportación de minerales debe realizarse bajo estricto control, y por ello desde el mes de agosto 2019 se exige la obtención del “Certificado de Exportación de Minerales” para los titulares de derechos mineros que requieran comercializar sus minerales hacia el exterior. Además, la ARCOM junto con el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables emitieron el Reglamento para el Control de la Exportaciones minerales en el cual se detalla principalmente los procedimientos para regular esta actividad y cómo obtener el Certificado de Exportación de Minerales.

     A continuación, se detallan los requisitos que los titulares de derechos mineros deberán presentar para obtener el Certificado correspondiente:

  • REQUISITOS: Para titulares de concesiones mineras y operadores mineros (con autorización)

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NOTA: Cuando la exportación corresponda a minerales no metálicos, se presentarán únicamente 3 documentos:

  • Factura electrónica de la venta de minerales
  • DAE (Documento Aduanero de Exportación)
  • Packing List o detalle del contenido de la carga.

Una vez presentados los documentos habilitantes, lo que procede es:

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Conclusiones

  • Los titulares de derechos mineros deben contar obligatoriamente con el documento de Certificación de Exportación de Minerales, el mismo que los faculta para realizar dicha exportación de forma legal y autorizada por el Organismo correspondiente. Cabe mencionar que la normativa vigente desde 2019 que rige todo los correspondiente al Control Minero garantiza que exista eficiencia y transparencia en la exportación de los recursos minerales siempre y cuando estos seas obtenidos mediante explotación legal y responsable en proyectos mineros.

Recomendaciones

  • El traslado de los minerales debe ser realizado bajo estrictas normas de bioseguridad para precautelar la salud y también la seguridad de los trabajadores y de las comunidades aledañas a los sectores en los cuales se realiza la explotación minera, la misma que debe estar controlada por el Estado y operar con los más altos estándares de explotación.

Fuentes      

Autor

Naveda Nicole

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