Introducción
El sistema Ecuapass pretende ser eficiente en la tramitología de comercio exterior, dado que los procesos que acarrean importar o exportar una mercancía son largos y la documentación extensa, sin embargo, al ser una plataforma informática se necesita un mantenimiento y actualización continua. La globalización trae cambios en el ámbito de clasificación arancelaria, transmisión de documentos, aplicativos o softwares entre otros, entonces se torna necesario generar mejoras.
Desarrollo
- Este proyecto se implementó en el 2018, con el concepto de transmisión del documento electrónico REM por parte de las Agencias de carga y consolidadoras, para lo cual se deben considerar lo siguiente:
- Las Agencias de carga de exportaciones y consolidadoras habilitadas en el sistema Ecuapass, deben realizar la transmisión del REM desde el portal externo del sistema informático Ecuapass a través de la ruta:
- Solo se debe transmitir REM para la carga cuya mercancía corresponda a flores y se encuentre dentro de las partidas arancelarias 0602, 0603 y 0604, y siempre que la carga ingrese a los depósitos temporales tipo paletizadoras.
- Por cada ingreso de carga a la paletizadora, la agencia y/o Consolidadora debe realizar la transmisión de un REM.
- La paletizadora al momento de la transmisión del IIE debe asociar el número del REM, previamente transmitido por la agencia de carga o Consolidadora.
- No se permite eliminar documentos máster consolidados que tengan asociado un HSN aceptado.
- No se permite corregir el documento máster de “Consolidado” a “Simple” cuando tiene asociado un HSN aceptado.
- Los campos correspondientes a la información de los Datos Generales del Manifiesto de Carga: total de peso, total de cantidad de bultos, cantidad de documento de transporte y cantidad de unidades de carga, se calculan de manera automática, con los documentos de transporte aceptados.
- Los campos “Puerto de transbordo y fecha de transbordo” serán mandatorios cuando la clasificación de la carga sea “Transbordo”.
- Se inhabilita el uso del tipo de carga “Carga general”.
- Se habilita para que los operadores Courier código 08 puedan transmitir también desde las pantallas del Manifiesto de Exportación – MEA.
- Se puede transmitir por MIA, documentos HSN considerados vuelos cercanos hasta 4 horas después de la llegada del medio.
Conclusiones
- Los proyectos que se han generado para la transmisión de documentos buscan eficiencia en los procesos, es una acción combinada. En este caso actúa junto a ASEACI (consolidadoras de carga) para transparentar la información y controlar la documentación validando con el organismo generador.
- Las mejoras en todos los módulos del ECUAPASS facilita al OCE realizar sus operaciones y la constante actualización de resoluciones, boletines, catálogos, clasificaciones disminuye el índice de errores que se puedan cometer por desconocimiento.
Recomendaciones
- Pese a que la información sea validada por el mismo organismo generador, la corrupción ha avanzado tanto en estos tiempos que es necesario implementar otro método de control que avale estos documentos.
- Se debe conocer cada módulo con exactitud y constantemente revisar los aplicativos necesarios o boletines para poder realizar los trámites, de lo contrario podrían recaer en un delito aduanero por una trasmisión errónea de datos.
Bibliografía:
- Grupo Entregas. (03 de 2018). Obtenido de https://grupoentregas.zendesk.com/hc/es/articles/360002328854-Transmisi%C3%B3n-de-Manifiestos-registro-de-mercanc%C3%ADas-a-paletizadoras-y-horario-de-atenci%C3%B3n-SENAE-
- SENAE. (09 de 03 de 2018). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-comunica-la-implementacion-del-proyecto-registro-de-entrega-de-mercancias-a-depositos-temporales-tipo-paletizadoras-rem/
- SENAE. (2018). SENAE. Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-comunica-mejoras-en-los-modulos-de-cargas-de-importacion-y-exportacion-del-sistema-ecuapass/
Autora: Andrea Quilumba
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