CARGA DE LA MERCANCIA
Las declaraciones de importación podrán ser RECHAZADAS o ACEPTADAS y se podrán corregir de la siguiente forma:
Antes del levante o salida de la carga del puerto a través del sistema aduanero (hasta 5 años después y solo si la Aduana no ha iniciado un Control Posterior).
Después del levante o salida de la carga del puerto a través de una DECLARACION SUSTITUTIVA.
Selectividad de Carga: Este proceso evalúa el comportamiento de los operadores, convirtiéndose en un control inteligente, eficiente, dirigido y sistematizado a través de perfiles de riesgo que van midiendo la realidad de cada puerto.
A través de este proceso, se determinará las acciones de control: INTRUSIVAS/NO INTRUSIVAS, y a través del funcionario de aduanas quien podrá solicitar un control más riguroso a través del experticia del funcionario.
Esta acción de control se va a replicar al depósito temporal involucrado, para que a través de una logística coordinada se movilicen los contenedores en caso de inspección intrusiva.
COMENTARIO
Es de gran importancia que la carga este controlada así como el comportamiento de los operadores ya que de esta manera se evitara que ingrese mercadería ilícita de comercialización.
Convirtiéndose en un control inteligente, eficiente, dirigido y sistematizado a través de perfiles de riesgo que van midiendo la realidad de cada puerto.
RUTH AGUAIZA
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