La obligación tributaria es una relación jurídica entre el Estado y los sujetos pasivos o pasivos en tanto tenga lugar el presupuesto de hecho previsto en la ley, según el artículo 107 del COPCI se determina la obligación tributaria como " vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador y
al cumplimiento de los demás deberes formales."

La obligación aduanera nace con el ingreso o salida de mercancías al territorio aduanero, donde dicha obligación se contrae en el momento de producirse la aceptación de la declaración aduanera de mercancías por parte del sujeto activo o en el momento en que se constate que se generó la misma.

El hecho generador de la obligación aduanera nace cuando la persona natural o jurídica realice exportaciones o importaciones siempre y cuando esté registrado en el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. 

¿Quiénes son sujetos de la Obligación Tributaria Aduanera?

Existen dos autores, el Sujeto activo es el Estado, por intermedio del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, y el Sujeto pasivo es quien debe satisfacer el respectivo tributo, es decir el responsable.

Extinción de la Obligación Tributaria Aduanera

El COPCI determina que para que la obligación aduanera se existan existen 7 métodos, los cuales son:

a. Pago: Cancelación de los tributos, en donde el medio de pago serán establecidos en el Reglamento del Código. 
b. Compensación: "Se compensará total o parcialmente, de oficio o a petición de parte, las deudas tributarias del sujeto pasivo con el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, con los créditos tributarios que éste tuviere reconocidos por cualquier administración tributaria central y siempre que dichos créditos no se hallen prescritos'' artículo 119 del COPCI.
c. Prescripción: "'La acción de la Administración Aduanera para cobrar las obligaciones aduaneras prescribe en el plazo de cinco años contados desde la fecha en que fueron exigibles..." artículo 120 del COPCI.

d. Aceptación del abandono expreso: "Es la renuncia escrita de la propiedad de las mercancías hechas en favor del Estado por quien tiene la facultad legal de hacerlo..." artículo 121 del COPCI.
e. Declaratoria del abandono definitivo de las mercancías: La servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital declarará el abandono definitivo de las mercancías que se adecuen ciertas condiciones, estas las ponemos encontrar en el artículo 143 del COPCI 
f. Pérdida o destrucción total de las mercancías: "La obligación tributaria aduanera se extingue por pérdida o destrucción total de las mercancías, ocurrida antes de su arribo, durante su depósito temporal o en instalaciones industriales autorizadas para operar..." artículo 122 del COPCI.
g. Decomiso administrativo o judicial de las mercancías: "Es la pérdida de la propiedad de las mercancías por declaratoria de la servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital correspondiente..." artículo 123 del COPCI. 

Conclusión

Contar con diferentes métodos de extinción de la Obligación Tributaria Aduanera facilita al exportador o importador que la liquidación de los tributos al comercio exterior sea más eficiente, como cada operación es diferente el sujeto pasivo puede optar por el método que vaya acorde a sus necesidades. 

Recomendación

Se recomienda es estudio detenido de cada artículo relacionado a la Obligación Aduanera Tributaria Aduanera, sobre todo si nos basamos en la extinción de la deuda de los tributos, este nos ayudará  realizar de manera exitosa todos los procedimientos que conlleve su culminación, además decidir cuál de los 7 métodos es de nuestra conveniencia. 

Fuente

https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/01/COPCI.pdf

Autor  

Fidés Alfaro

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales