En primer lugar, resulta indispensable puntualizar qué es la garantía aduanera; en ese sentido, esta es una obligación accesoria que contraen los OCE con el objetivo de asegurar el pago de los tributos al comercio exterior eventualmente exigibles aplicados a la importación y exportación de mercancías, el cumplimiento de las formalidades determinadas por la administración aduanera, y, las obligaciones contraídas para con el SENAE por los operadores del comercio exterior para el ejercicio de sus actividades. Además, estas garantías serán irrevocables, de ejecución total o parcial, incondicionales y de cobro inmediato; pudiéndose constituir por distintos medios como deposito en efectivo, certificados de depósito a plazo, notas de crédito, garantía bancaria, póliza de seguro, etc.

Por otra parte, previo al registro de aprobación es indispensable reconocer que existen dos tipos de garantías, cuyo motivo se clasifica acorde al tipo de operador: 

  • Garantías Generales: Son aquellas que afianzan toda la actividad de una persona que actúa en el tráfico internacional de mercancías o en la realización de operaciones aduaneras, teniendo como ejemplo aquella solicitada para el ejercicio de la actividad de Agente de Aduana, Operadores de Courrier y Tráfico Postal, depósitos temporales, despacho con pago garantizado, almacenes libres y especiales, depósitos aduaneros e instalaciones autorizadas.
  • Garantías Específicas: Son aquellas que afianzan una operación aduanera o de comercio exterior particular. Esta se debe presentar en casos como el uso del régimen admisión temporal con reexportación en el mismo estado, admisión temporal para perfeccionamiento pasivo, Ferias Internacionales; cuando no se presente el certificado de origen o cuando habiendo sido presentado no cumple con las formalidades; desaduanamiento directo; descarga directa; entre otros.

 

Bajo este contexto, tanto los registros de nuevas garantías como los de sus modificaciones, deben ser realizados por el OCE y aprobados por el responsable de la aprobación de garantías; por lo cual, a continuación, se detalla el procedimiento necesario para registrar la solicitud de aprobación de garantía a través del ECUAPASS:

9242500052?profile=original

Elaboración por: Nicole Domo

 

En conclusión, los OCE deben seguir los pasos previamente descritos para registrar la solicitud de aprobación de garantía a través del ECUAPASS, puesto que el SENAE tiene un derecho de prenda y por lo tanto, la garantía (sea esta general o específica) es una obligación que se debe cumplir para asegurar tanto el pago de los tributos al comercio exterior, como el cumplimiento de las formalidades determinadas por la Administración Aduanera y las obligaciones contraídas por el operador de comercio exterior para el ejercicio de sus actividades.

 

Fuentes:

 

Autora:

Nicole Jamileth Domo Castro

 

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