Introducción 

El 01 de enero de 2017 el Acuerdo Comercial Multipartes entre la Unión Europea (UE) y Ecuador entró en vigencia.Un hito histórico para el país puesto que significa su apertura  hacia el viejo continente en busca del libre comercio por medio de la eliminación y la desgravación programada de aranceles para 2565 partidas correspondientes a productos traídos desde la UE. Para acceder a esta liberación de tributos los importadores ecuatorianos deberán presentar el certificado de circulación de mercancías EUR-1, mismo que se obtiene por medio de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) y se explica a continuación.

Desarrollo

El acuerdo negociado con el bloque europeo, a breves rasgos, presenta la siguiente estructura con respecto a la liberación de aranceles, los porcentajes son calculados en función del total de partidas arancelarias negociadas: 

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Para el mayor porcentaje de productos (76%), existe una exoneración total del pago de aranceles, entre ellos se encuentran los licores y los fertilizantes; para el caso de las partidas que pertenecen al 11%, se pueden mencionar medicinas y maquinarias, actualmente faltarían 2 años para que estas mercancías ingresen al país sin el pago de aranceles; por último, el 13% restante corresponde a rubros como los vehículos livianos que en una fecha más lejana estarán exonerados completamente.

Con el fin de acogerse a los beneficios de este acuerdo se requiere presentar un documento emitido por el Ministerio de Comercio Exterior denominado: Certificado de Circulación de Mercancías EUR.-1. El procedimiento para obtenerlo por medio de la VUE se puede realizar siguiendo a detalle los pasos especificados en el siguiente instructivo elaborado por la Aduana del Ecuador:

https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2016/INSTRUCTIVO%20PARA%20LA%20EXPEDICION%20DEL%20CERTIFICADO%20DE%20CIRCULACION%20EUR-Exportador.pdf 

A fin de aportar con información por medio de este blog, se analizará y profundizará algunos conceptos mencionados en el instructivo. 

  1. Como primer paso se encuentra que, para poder elaborar el certificado, es necesario realizar una “Declaración Juramentada de Origen (DJO)”. Este documento permite ratificar que la mercancías a importar es de origen, en este caso, europeo; es por ello que los campos solicitados corresponden a información técnica de los productos y al “esquema” es decir el acuerdo al que la importación se acoge, para esta ocasión se selecciona la opción “ACM-UE”. Una vez finalizado este proceso se procede a generar el Certificado EUR.1
  2. En la pestaña “Información” dependiendo del producto a importar en el campo “Entidad” se puede seleccionar de entre las siguientes opciones: 
    • Ministerio de Comercio Exterior - MCE
    • Ministerio de Industrias y Productividad - MIPRO
    • Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad - AGROCALIDAD (MAGAP)
    • Subsecretaría de Recursos Pesqueros - SRP (MAGAP)
    • Subsecretaría de Acuacultura - SA (MAGAP)
  1. En la pestaña “Producto” se llena la información específica de la carga, esta se encuentra en los documentos de soporte. Un dato adicional solicitado es el Criterio de Origen, que son especificaciones técnicas que un producto debe cumplir para determinar su procedencia nacional. 

 Conclusiones

Cuando se busca exonerar del pago de aranceles a un producto importado desde algún país de la Unión Europea es necesario presentar el Certificado de Circulación de Mercancías EUR. 1, este debe ser elaborado por medio de la VUE, luego debe ser impreso para que pueda ser sellado por la autoridad competente o aduanera. 

Recomendaciones

  • Revisar las partidas arancelarias que gravan arancel del 0% y las que presentan programa de desgravación en el siguiente link: http://www.pudeleco.com/files/a16063s.pdf  
  • Entregar los documentos de soporte (factura, documento de transporte) al Agente de Aduana para que ingrese la información al sistema.

Bibliografía: 

Consejo de la Unión Europea. (21 de diciembre de 2012). Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados Miembros por una parte, y Colombia y Perú, por otra. En Diario Oficial de la Unión Europea. http://www.sice.oas.org/Trade/COL_PER_EU_FTA/COL_EU_Accord_s.pdf

Consejo de la Unión Europea. (21 de diciembre de 2012). Protocolo de Adhesión del Ecuador al Acuerdo comercial Ecuador-Unión Europea. En Diario Oficial de la Unión Europea.https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2016/acuerdo_ue%20L356.pdf

El Comercio. (28 de diciembre de 2016). 76% de compras desde la Unión Europea con arancel 0%. https://www.elcomercio.com/actualidad/compras-unioneuropea-arancelcero-comercio.html 

SENAE. (2016). INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS – EUR. 1 (ACUERDO COMERCIAL MULTIPARTES UNIÓN EUROPEA-PAÍSES ANDINOS). En Boletines. https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2016/INSTRUCTIVO%20PARA%20LA%20EXPEDICION%20DEL%20CERTIFICADO%20DE%20CIRCULACION%20EUR-Exportador.pdf 

 


Autora: Maileé Garzón

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