La clasificación arancelaria, implica la asignación de un código que identifique plenamente a un producto, para de esta manera facilitar el Desarrollo Comercial Internacional. Siendo así que es un trámite realizado ante el Servicio Nacional de Aduana para poder obtener su absolución, misma que es de carácter vinculante para la Administración Aduanera y el consultante
Esta consulta puede ser realizada por cualquier persona natural o jurídica que desee realizar importaciones o exportaciones, es decir, operadores de comercio exterior; el fin de este trámite es obtener la clasificación arancelaria, en otras palabras, la subpartida arancelaria, puesto que, con la identificación de esta, el usuario puede conocer previamente los aranceles, otros tributos y documentos de control asociados con la subpartida en cuestión.
Para realizar los respectivos trámites, el Art. 91 de la Sección V del Reglamento del COPCI nos establece cuales son los Requisitos Obligatorios con los cuales debe contar el solicitante para dar continuación al trámite. Entre estos tenemos:
Elaborado por: Lilibeth Armijos
Este trámite se lo puede realizar a través de varios medios:
- Presencial: Presentar de forma presencial los documentos físicos en la ventanilla de la Secretaria General del SENAE.
- Sistema de Gestión Documental Quipux: Enviar la Solicitud de Consulta de Clasificación vía Quipux (gestiondocumental.gob.ec)
- Correo electrónico: Adjuntar en correo electrónico toda la documentación relacionada a la consulta de clasificación arancelaria, indicando que la misma corresponde a una consulta de clasificación, a la dirección de correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec.
- En línea: Acceder al sitio web https://www.aduana.gob.ec/formulario-de-registro-de-consulta-de-clasificacion-en-linea/ Llenamos cada uno de los campos solicitados en el Formulario de Registro de Consulta de Clasificación en Línea y adjuntar toda la documentación relacionada a la consulta de clasificación arancelaria. Se aclara también que este trámite solo pueden realizarlo los usuarios que cuenten con firma electrónica.
Hasta esta sección los trámites realizados no tienen ningún costo alguno. En caso de usar un medio privado como por ejemplo Gurú Aranceles el costo por obtener la información de la subpartida seleccionada será de 1,00 USD.
Ejemplo del PDF al que se accede con toda la información concerniente a la subpartida a través del portal Gurú Aranceles
En síntesis, este tipo de trámites permiten a las personas naturales o jurídicas agilizar los diferentes trámites concernientes a comercio exterior. En el proceso, es necesario que las personas revisen la documentación necesaria, puesto que en caso de no presentar algún documento el COPCI establece que la Directora o el Director General, o su delegado, otorgaran al solicitante, un plazo de quince días hábiles para que complete los requisitos faltantes. En caso de no subsanarse la omisión en dicho plazo, la solicitud de consulta de clasificación arancelaria se entenderá como no presentada, ordenándose su archivo; siendo esto una traba para el proceso que en primera instancia se inició.
FUENTES
- https://www.gob.ec/senae/tramites/resolucion-consulta-clasificacion-arancelaria-mercancias-objeto-comercio-internacional
- https://www.e-comex.com/correcta-clasificacion-arancelaria/
- https://guruaranceles.com/
- https://www.aduana.gob.ec/formulario-de-registro-de-consulta-de-clasificacion-en-linea/
- https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf
AUTORA: Lilibeth Armijos
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