INTRODUCCIÓN
Según el anexo de la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas, las Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización se caracterizan por producir efectos mediatos e inmediatos de dependencia psíquica o física en el ser humano; aquella que por su posibilidad de abuso, pueda tener algún grado de peligrosidad en su uso, o aquella que haya sido catalogada como tal, en los convenios internacionales, por el Ministerio de la Protección Social, o la Comisión Revisora del INVIMA.
Se clasifican en estupefacientes, psicotrópicas, precursores químicos; y, sustancias químicas específicas.
DESARROLLO
El trámite está orientado a las personas calificadas por el Ministerio de Gobierno, que requiera de manera electrónica el desistimiento de la solicitud de importación o exportación de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en el sistema ECUAPASS-VUE, determinado por la Autoridad Aduanera Nacional para su aprobación.
CONCLUSIONES
- La autorización previa de solicitud de desistimiento puede solicitar el importador dentro del tiempo de vigencia de ciento ochenta días para importación y noventa días para exportación, plazos dentro de los cuales puede efectuar la solicitud de desistimiento en línea.
- El desistimiento de la licencia previa aprobada que no requiere importar se solicita mediante la VUE
- Se debe comunicar al Coordinador Zonal según la jurisdicción dónde se encuentre calificado el importador o exportador mediante oficio o correo electrónico, las razones del desistimiento de la licencia previa aprobada por el Ministerio de Gobierno.
- Al finalizar el trámite se obtendrá la Aprobación de la solicitud de desistimiento de licencias previas de importación o exportación de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización en línea a través del sistema ECUAPASS-VUE
RECOMENDACIONES
- El trámite está habilitado en línea y sus canales de atención son a través del Sitio, Portal Web y/o Aplicación web. En caso de tener consultas se puede comunicar con Martha Villafuerte al email: villafuerte@ministeriodegobierno.gob.ec o al teléfono (02) 2940-300
- Se recomienda que en caso de requerir mayor atención se acuda a la Coordinación Zonal que corresponda a la jurisdicción en la que se encuentre, ya que cada una tiene un responsable en específico.
- Se recomienda tener en consideración que el trámite no tiene costo alguno, para evitar temas de fraude o engaño.
FUENTES
- EC (2021). Aprobación de autorización electrónica del desistimiento de solicitud para importación o exportación de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Obtenido de: https://www.gob.ec/mdg/tramites/aprobacion-autorizacion-electronica-desistimiento-solicitud-importacion-exportacion-sustancias-catalogadas-sujetas-fiscalizacion
- Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización - Art(s). 34
AUTORA
Alisson K. Tamayo Salazar
Comentarios