INTRODUCCIÓN

Según el anexo de la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas, las Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización se caracterizan por producir efectos mediatos e inmediatos de dependencia psíquica o física en el ser humano; aquella que por su posibilidad de abuso, pueda tener algún grado de peligrosidad en su uso, o aquella que haya sido catalogada como tal, en los convenios internacionales, por el Ministerio de la Protección Social, o la Comisión Revisora del INVIMA.

Se clasifican en estupefacientes, psicotrópicas, precursores químicos; y, sustancias químicas específicas.

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DESARROLLO

El trámite está orientado a las personas calificadas por el Ministerio de Gobierno, que requiera de manera electrónica el desistimiento de la solicitud de importación o exportación de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en el sistema ECUAPASS-VUE, determinado por la Autoridad Aduanera Nacional para su aprobación.

 

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CONCLUSIONES

  1. La autorización previa de solicitud de desistimiento puede solicitar el importador dentro del tiempo de vigencia de ciento ochenta días para importación y noventa días para exportación, plazos dentro de los cuales puede efectuar la solicitud de desistimiento en línea.
  2. El desistimiento de la licencia previa aprobada que no requiere importar se solicita mediante la VUE
  3. Se debe comunicar al Coordinador Zonal según la jurisdicción dónde se encuentre calificado el importador o exportador mediante oficio o correo electrónico, las razones del desistimiento de la licencia previa aprobada por el Ministerio de Gobierno.
  4. Al finalizar el trámite se obtendrá la Aprobación de la solicitud de desistimiento de licencias previas de importación o exportación de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización en línea a través del sistema ECUAPASS-VUE

 

RECOMENDACIONES

  1. El trámite está habilitado en línea y sus canales de atención son a través del Sitio, Portal Web y/o Aplicación web. En caso de tener consultas se puede comunicar con Martha Villafuerte al email: villafuerte@ministeriodegobierno.gob.ec o al teléfono (02) 2940-300
  2. Se recomienda que en caso de requerir mayor atención se acuda a la Coordinación Zonal que corresponda a la jurisdicción en la que se encuentre, ya que cada una tiene un responsable en específico.
  3. Se recomienda tener en consideración que el trámite no tiene costo alguno, para evitar temas de fraude o engaño.

 

FUENTES

  1. EC (2021). Aprobación de autorización electrónica del desistimiento de solicitud para importación o exportación de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización. Obtenido de: https://www.gob.ec/mdg/tramites/aprobacion-autorizacion-electronica-desistimiento-solicitud-importacion-exportacion-sustancias-catalogadas-sujetas-fiscalizacion
  2. Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización - Art(s). 34

 

AUTORA

Alisson K. Tamayo Salazar

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