INTRODUCCIÓN
Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas proveedores de exportadores de bienes, solicitar el Registro en el Catastro de Proveedores de Exportadores de Bienes, el cual permite el acceso a la devolución de IVA, a través del Sistema de Devolución de IVA por Internet.
DESARROLLO
¿A quién está dirigido?
El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (privadas) que requieran realizar el registro en catastro de proveedores de exportadores para ingresar al Sistema de Devolución de IVA como proveedores de exportadores de bienes.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Requisitos Obligatorios:
Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:
- Cédula de identidad
- Certificado de votación
- Carta de solicitud o petición
- Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (Ingreso canales alternativos), en PDF y con la firma del representante legal
Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):
- Pasaporte ordinario
- Certificado de presentación
- Certificado de exención
Requisitos para realizar el trámite a través de Quipux ciudadano:
- Usuario en Quipux ciudadano
- Firma electrónica (firmar exclusivamente con aplicativos FIRMA.EC y AdobeAcrobat)
- Requisitos habilitantes establecidos para el canal presencial que deberán ser ingresados en medio digital y los formatos que requieran la firma física deberán contener la firma electrónica
Requisitos para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:
- Número de identificación del contribuyente
- Clave de acceso a servicios en línea
- Carta de solicitud o petición
- Carta de certificación y responsabilidad de la información para el ingreso de documentación digital (Ingreso canales alternativos), en PDF y con la firma del representante legal
¿Cómo hago el trámite?
Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:
Procedimiento para ingresar el trámite a través del Portal SRI en línea:
RECOMENDACIONES
Se recomienda a las personas naturales y/o jurídicas calificados, estén pendientes de su correo electrónico mediante el cual se remitirá un oficio con el número de Registro y suscrito por el Subsecretario/a de Uso, Gestión de Suelo y Catastro y del Director/a de Catastros, mimo que tendrá vigencia de 2 años.
CONCLUSIONES
El Servicio de Rentas Internas mantendrá en su portal web institucional un catastro de los exportadores habituales de bienes y/o servicios. Los exportadores que consten en dicho catastro deberán incluir la leyenda “Exportador Habitual de Bienes y/o Servicios”, en la emisión de comprobantes y documentos complementarios, bajo cualquier modalidad. Los exportadores que no cumplan con las condiciones señaladas en los incisos anteriores estarán sujetos a retención en la fuente de IVA en los porcentajes y con las condiciones previstas en la Resolución NAC-DGERCGC20-00000061.
FUENTE
https://acl.com.ec/wp-content/uploads/2020/10/PORCENTAJES-DE-RETENCION-DE-IVA.pdf
https://www.gob.ec/sri/tramites/registro-catastro-proveedores-exportadores-bienes
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