Introducción
Las ventas en volumen al mercado interno de la rama de la producción local descendieron en 1,2% en promedio anual entre el 2017 y 2019 y para el primer cuatrimestre del 2020 se registra una disminución del 42% respecto del mismo período en el 2019. La tasa de crecimiento promedio anual de las ventas internas en valor o dólares en el período 2017 a 2019 fue de 1,7% y en el primer cuatrimestre cayeron en 40% con respecto al mismo período de 2019. Por lo cual, se adoptó someter a una medida de vigilancia previa, por un período de doce meses, a las importaciones a consumo de 25 subpartidas arancelarias de hierro y acero.
Desarrollo
Las medidas mas destacadas sobre la vigilancia de las importaciones de hierro y acero son las siguientes:
para la implementación de las medidas de vigilancia se utilizará la Ventanilla Única
Ecuatoriana (VUE). Los importadores deberán también presentar por esa vía, los siguientes documentos:
Conclusión
Se realiza un seguimiento sobre las condiciones en las que se están realizando las importaciones que amenazan con provocar un perjuicio a la rama de la producción nacional del acero y hierro. Para la implementación de las medidas de vigilancia se utilizará la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), en el cual los importadores deben cumplir con los documentos necesarios.
Sugerencias
- Documentos de soporte que deberá presentar el importador en la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) en idioma castellano.
- Si el documento de soporte se encontrarse en otro idioma, se deberá presentar conjuntamente con la traducción simple al idioma castellano con la respectiva firma de responsabilidad
Fuente
Resolución Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0013-R
Autor
Skarieth S. Ojeda
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