Emisión de Registro de importadores para acceder al impuesto redimible a la botella plástica no retornable PET

El Impuesto Ambiental a las Botellas Plásticas no Retornables o más conocido como IRBP, se estableció con la finalidad de disminuir la contaminación ambiental y estimular el proceso de reciclaje. Este tipo de botellas están hechas con el material polietileno tereftalato o más conocido por sus siglas PET.

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DESARROLLO

La emisión de registro de importadores para acceder a este tipo de impuesto recae el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP), a través del sistema SIRCAR en el cual se deberá crear un usuario y contraseña, posteriormente llenar un formulario, realizar una verificación de datos y llenar todos los datos requeridos y proceder a realizar la solicitud de registro  y por ultimo, presentar el registro impreso en las oficinas del MPCEIP en matriz o Direcciones Zonales para su sello y firma

¿Cuál es el objetivo y beneficio del tramite?

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¿Cuál es la documentación habilitante requerida por el sistema para calificarse como Importadores?

  1. RUC para verificación electrónica.
  2. Nombramiento de representante legal
  3. Número de cédula de ciudadanía y papeleta de votación para verificación electrónica del representante legal.
  4. Permiso Ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental competente.
  5. Escrituras de constitución de la empresa y/o reforma de estatutos debidamente notariados
  6. Disponer de procedimientos técnicos para el proceso de recepción y caracterización de botellas PET.

CONCLUSIONES

El pago de este impuesto y el registro de importador que se debe realizar, son requisitos que se deben tramitar al momento de realizar importaciones de este tipo de mercancía, es por ello que forma parte del control aduanero. Es importante que se tenga en claro que este impuesto debe ser pagado por aquellos importadores de bebidas contenidas en botellas plásticas gravadas con IRBP y su liquidación se efectúa en la respectiva declaración de importación. Por cada botella plástica gravada con este impuesto, se aplicará la tarifa de hasta dos centavos de dólar de los Estados Unidos (USD 0.02) y este valor se devolverá en su totalidad a quien recolecte, entregue y retorne las botellas.

 

RECOMENDACIONES

Es recomendable que quien solicite este tipo de trámite, sea consciente de que todos los documentos solicitados deberán ser correctamente escaneados y enviados, tanto documentos como evidencias digitales que posteriormente serán sometidas a verificación, Este determinará si la solicitud será aceptada o rechazada por la autoridad competente

FUENTE:

https://www.sri.gob.ec/web/guest/impuesto-redimible-botellas-plasticas-no-retornables

https://www.gob.ec/mpceip/tramites/emision-registro-importadores-acceder-al-impuesto-redimible-botella-plastica-no-retornable-pet

AUTORA: Shannon Geraldine Flores Cortez

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