Códigos liberatorios en los campos del sistema ECUAPASS

Pero primero entendamos ¿Qué son los códigos libertarios?

Según (SENAE 2013) “Los códigos liberatorios son códigos numéricos establecidos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, con el objeto de que sean aplicados en las DAI para el goce de exención parcial o total de tributos al comercio exterior” (p.5).

Códigos libertarios en la DAI, en el Sistema ECUAPASS (Reg.10 Consumo).

Para que se puedan realizar dichas exoneraciones es importante que se cumplan requerimientos al momento de realizar las importaciones a consumo.

Es importante señalar que estos códigos se han dividido en dos tipos, los identificados con las letras “I” estos son para las liberaciones derivados de acuerdos o convenios internacionales; y “L” que son para las liberaciones establecidas en l normativa nacional.

Los códigos libertarios benefician al importador ya que facilitan a adquirir precios más justos y competitivos frente al mercado nacional y esto es un reflejo de los convenios y acuerdos internacionales que posee Ecuador con el resto del mundo.

Campos de aplicación de los códigos liberatorios en el sistema Integrados ECUAPASS.

Esta liberación de impuestos tiene que ser especificada en la DAI con sus cuatro dígitos en los campos (TPCI H39, TPNG H40, TPNE H41) del formulario ECUAPASS generado para que así la acción del cálculo de impuestos de un resultado de cero, es sumamente importante que se posea un certificado de origen de las mercancías para que se realicen los tratamiento internos.

9242527088?profile=original

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN EN EL SISTEMA ECUAPASS

  1. Ingresar al sistema ECUAPASS, a la dirección https//portal.gob.ec/, al menú 1.1.1 Documentos electrónicos >Despacho aduanero >Declaración de Importación.
  2. Llenar los campos que conforman la DAI conforme al procedimiento documentado “SENAE-ISEE-2-2-009 Instructivo para el uso del sistema declaración de importación”.
  3. Consignar el código liberatorio correspondiente de acuerdo a la descripción detallada en la “Consulta de porcentaje de liberación y preferencias”, en uno de los siguientes campos:
  4. Campo H39, TPCI, en el que se debe consignar el código libertario respectivo derivado de acuerdos o convenios internacionales.
  5. Campo H49, TPNG, en el que se debe consignar el código libertario respectivo establecido en la normativa nacional.
  6. Hacer el envío de la DAI.

 

Es muy importante conocer que beneficios podemos obtener al momento de realizar importaciones teniendo la documentación correcta y los certificados de origen de los países de los que realicemos las importaciones, ya que, si existen convenios o acuerdos internacionales entre el Ecuador y los países con los que estemos realizando actividades de comercio exterior los impuestos que se gravan pueden quedar exonerados o disminuir un porcentaje del total del mismo. Además de que tenemos que conocer cómo podemos aprovechar los códigos liberadores dentro de la plataforma ECUAPASS.

Bibliografía:

Maribel, P. R., & Valencia, M. K. (Febrero de 2017). ANÁLISIS EN EL SISTEMA ADUANERO ECUAPASS EN LOS CAMPOS DE APLICACIÓN DE CÓDIGOS LIBERATORIOS EN IMPORTACIONES A CONSUMO Y SU IMPACTO A LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR. Obtenido de Revista Observatorio de la: http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ec/2017/ecuapass.html

SENAE. (Octubre de 2013). Obtenido de Guía de operadores de comercio exterior para la aplicación de códigos libertarios: https://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-009-V1.pdf

 

Autor:

Francisco Constante

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales