Introducción:
Los códigos liberatorios son códigos numéricos establecidos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, con el objeto de que sean aplicados en las DAI para el goce de exención parcial o total de tributos al comercio exterior.
Desarrollo:
Los códigos liberatorios son aplicados únicamente en las declaraciones aduaneras presentadas al amparo de los regímenes aduaneros que impliquen la importación de mercancías.
La aplicación de códigos liberatorios en las DAI, correspondientes a cualquier tratamiento preferencial, debe estar debidamente sustentada con los documentos exigibles para el efecto.
Existen dos tipos de códigos liberatorios:
Aplicación de los Códigos Liberatorios
Procedimiento en el ECUAPASS
Ejemplo:
Conclusiones:
Los Operadores deben manejar de forma correcta los códigos liberatorios puesto que si no lo hacen ya no se acogen al beneficio de la liberación de tributos a mercancías de acuerdo a la normativa que establece el COPCI y los precios de las mercancías incrementan y pierden competitividad en el mercado.
Recomendaciones:
El OCE puede consultar los códigos liberatorios y su descripción ingresando al portal externo en siguiente ruta: Servicios informativos > 2.1 Información de soporte para la declaración > 2.1.4 Consulta de porcentaje de liberación y preferencias.
También puede acceder al boletín de la aduana con el tema “Actualización del Catálogo de Códigos liberatorios” en el link http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=2011&codigo=23&proceso=&estado=&boletinNum=&ano=2011&desc=31&fromFecha=&toFecha donde se encuentran publicados los códigos liberatorios
Fuente:
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-009-V1.pdf
Autor:
Samantha Sevilla
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