Se comunica a los Exportadores y/o Agentes de Aduana, que
aperturaron Ordenes de embarque código 15 en la Dirección Distrital Latacunga
durante el periodo fiscal 2009 la obligatoriedad de regularizar las órdenes de
embarque aperturadas que registran el estado de: "NO REGULARIZADAS" (Opción
Despacho - Estado de Ordenes de Embarque del SICE); conforme lo estipulado en la
Resolución No. GGN-0375 del 08 de Junio del 2010 que en su parte pertinente
señala:"...Si la Orden de embarque no va a ser utilizada, esta deberá ser
anulada dentro del plazo de vigencia por el exportador o el agente de aduana.”.


Particular que se comunica para los fines pertinentes.

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