CONCLUSIÓN:
Sí al momento de contratar un seguro de de transporte internacional queremos importar una de las mercancias detalladas con anterioridad, al momento de contratar el seguro debemos informar a la aseguradora que se trata de estas mercancías para ver sí es necesario que conste en el contrato por escrito para que luego no existan inconvenientes, para lo cual el importador o la persona que contate el seguro deberá estar informado de las condiciones que la aseguradora plantea.
Fuente: http://www.sura.com/internacional/default.aspx
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