El desaduanamiento directo es la operación por la cual, a petición del agente de aduana solicita el levante de las mercancías sin la presentación de la DAI (Declaración Aduanera de Importación) ante el SENAE, cumpliendo con las formalidades exigidas en la normativa vigente. Este está dirigido a importadores, agentes de aduana, depósitos temporales y zonas de distribución. Operadores de Comercio Exterior que se hayan registrado como tal en el sistema informático aduanero Ecuapass.
Requisitos Obligatorios:
- Registro como Operador de Comercio Exterior en el sistema informático aduanero Ecuapass
- Garantía aduanera (específica) por el cien por ciento de los eventuales tributos derivados del despacho, la que estará vigente por el plazo de treinta días.
- Factura comercial.
- Certificado de origen (cuando corresponda).
- Documentos de control.
- Pre liquidación de la mercancía
En caso de hablar de costos por el tramite estos trámites aduaneros no tienen costo. Sin embargo, el usuario debe considerar el pago de servicios propios de la logística, tales como el transporte, almacenaje, honorarios del agente de aduana entre otros costos
Horario de atencion:
- Para trámite en línea:
Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/
- Para trámite presencial:
Lugares de atención de las diferentes ciudades, se puede consultar en el siguiente link: https://www.gob.ec/index.php/senae/tramites/autorizacion-desaduanamiento-directo-mercancia-importacion
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