Descripción:
Rollo de hoja de latón, tiene buenas propiedades mecánicas y buena manejabilidad, soportando procesos con presión caliente y fría. La hoja de latón se puede soldar para realizar manualidades, ser parte de piezas decorativas, accesorios entre otras cosas. El tamaño de la hoja es 0,2 mm de grosor, 1000 mm x 50 mm
Análisis Arancelario
Sección
La mercancía sujeta a consulta pertenece a la Sección XV, donde se clasifican: METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES SIMILARES
Capítulo
La mercancía sujeta a consulta pertenece al Capítulo 74, donde se contienen:
Cobre y sus manufacturas
Partida
La mercancía sujeta a consulta pertenece a la partida 74.04 tomada de la Sexta Enmienda del Sistema Armonizado adoptado mediante la Resolución 020-2017-P. COMEX que refiere a Desperdicios y desechos de cobre
Subpartida
Considerando lo anteriormente mencionado, se examinarán las subpartidas arancelarias dentro de la partida 7409.29.00.00 Aplicando la Sexta Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), llegando a concluir que la subpartida arancelaria “ 7409.29.00.00 - - Las demás
.
Reglas Generales Interpretativas
Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1, porque está determinada legalmente por los textos de partida y las notas de sección o capítulos.
1) Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes”
Se toma la clasificación por Regla General Interpretativa 6, porque su clasificación está determinada por los textos de las subpartidas y de las Notas de subpartida, de igual manera como las reglas anteriores.
6) La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.
Notas Legales e interpretativas
Para establecer una partida arancelaria se toma en cuenta la nota legal de la partida
74.09 “…Esta partida comprende los productos definidos en la Nota 1 g) de este Capítulo cuyo espesor sea superior 0.15 mm. Las chapas y tiras se obtienen generalmente por laminado en caliente o en frío de determinados productos de la partida 74.03; las tiras pueden también proceder del corte de chapa. Estos artículos se clasifican en esta partida, incluso trabajados (por ejemplo: cortados de forma distinta de la cuadrada o rectangular, perforados, ondulados, acanalados, estriados, pulidos, revestidos, gofrados o redondeados en las aristas), siempre que estos trabajos no confieran a los productos el carácter de artículos o manufacturas comprendidos en otra parte (véase la Nota 1 g) de este Capítulo). El espesor límite de 0.15 mm se calculará teniendo en cuenta la capa de revestimiento (barniz, etc.).
Conclusión
Después de haber realizado el análisis merceológico de la mercancía que estamos analizando, Basándonos en las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de las Aduanas (OMA), para el producto ; esta mercancía está clasificada dentro del ARANCEL DEL ECUADOR (Sexta Enmienda), en la subpartida arancelaria ““ 7409.29.00.00 - - Las demás
Información arancelaria
Tributos vigentes | |
Fodinfa | 0.5% |
IVA | 12% |
Información para – arancelaria
Medidas de restricción y prohibición |
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Código régimen | Tipo de restricción | Requisitos |
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Todos los regímenes | Presentación de requisito | *DCP | |
Referencias
Resolución-Comex-020-2017 Anexo 1: Nomenclatura De Designación Y Codificación De Mercancías Del Ecuador. Ministerio De Comercio Exterior.
Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA) [Comunidad Andina]. Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado.
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