Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y a la Dirección de Despacho de los Distritos del País, que se ha implementado en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior(SICE), la ejecución de lo dispuesto en la Resolución 472(y su fe de erratas No 55214) del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones(COMEXI) en el marco del Acuerdo de Complementación Económica (ACE) 59 Ecuador-MERCOSUR, sobre la aplicación de medidas especiales, mediante la cual, producto del anàlisis realizado se estableció aplicar una medida especial por Precio, segùn lo dispuesto en el Artìculo 17 y 18 de la Resolución 472. El resultado de la aplicación fue la disminución de la preferencia arancelaria, por el ACE 59, para la Subpartida 1806.90.10.00 quedando anulada la preferencia arancelaria para la Repùblica de Argentina; y disminuida del 20% al 10% con la Repùblica de Brasil. Adicionalmente cabe señalar lo dispuesto en el Artìculo 21 de la citada Resolución:
Artìculo 21.- La medida se mantendrá mientras persistan las condiciones para su activación. Si durante el tiempo de vigencia de la medida la CAE determina que las condiciones que establecieron su activación han cambiado, esta se suspenderà de manera automàtica, debiendo de Notificar de Manera Inmediata al MRECI, al MAGAP y al COMEXI.
Fuente: Boletines Aduana
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