Primero definiremos que es un delito electrónico como: cualquier acción que involucre la tecnología comunicacional para realizar actividades ilícitas. Es así que tenemos delitos electrónicos contemplados en el código penal integral tales como:
Recordemos que el uso indebido de portales web, bases de datos,obtención ilícita de información personal, falsificación de información o la divulgación de información es sancionada en estos artículos.
como usuarios de medios electrónicos tales como bases de datos y demás estamos amparados por estos artículos. los infractores de los artículos sitiados deberán pagar una condena de 3 a 5 años de reclusión.
conclusión:
El constante progreso tecnológico que experimenta la sociedad, supone una evolución en las formas de delinquir, dando lugar, tanto a la diversificación de los delitos tradicionales como a la aparición de nuevos ilícitos.
Fuente: Código Penal Integral
Autor: Xavier Herrería
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