Ampollas y frascos farmacéuticos

AMPOLLAS Y FRASCOS DE VIDRIO PARA USO FARMACEUTICOS

 

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Introducción

 

Son tubos de cristal de pared delgada destinados a contener y conservar un medicamento líquido o en polvo, para soluciones inyectables aunque también pueden utilizarse para medicamentos por vía oral. Es necesario comprobar las buenas cualidades del vidrio de éstas, que deben ser de vidrio incoloro reservando las de color topacio para casos en las que la luz pueda alterar la solución inyectable.

 

Existen ampollas de dos cuerpos, para sustancias cuya solución ha de preparase en el momento de ser administrada. En uno de los cuerpos va el producto líquido y en el otro el sólido. El líquido es el disolvente y es el primero que se abre y después la ampolla donde está el medicamento y se proyecta sobre ella el líquido, se agita para que se realice la solución y luego se utiliza como una ampolla cualquiera.

 

Reglas Generales Interpretativas (RGI)

 

RGI 1

Se usan los títulos de las secciones y capítulos como un referencia de ubicación, por lo que en este caso de acuerdo con el Arancel Nacional del Ecuador, los productos de vidrio se encuentran registrados en la Sección XIII, capítulo 70.vidrio y sus manufacturas por lo que la clasificación se iniciará en este capítulo.

 

RGI 2

La regla dos a) nos menciona que las referencias a un artículo en las partidas alcanzas a este, así este que este completo, incompleto o por partes por tal razón consideramos todas las partidas que tengan que ver con recipientes de vidrio. partida 70.10 bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; tapones, tapas y demás dispositivos de cierre, de vidrio. 70.11 ampollas y envolturas tubulares, abiertas, y sus partes, de vidrio, sin guarniciones, para lámparas eléctricas, tubos catódicos o similares, tocador,

 

RGI 3

Para encontrar la clasificación adecuada se aplica la regla general 3 a) que menciona  que la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Se considera las partida 70.10 bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; tapones, tapas y demás dispositivos de cierre, de vidrio.

 

RGI 6

La regla general de interpretación número 6 menciona que la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida para lo cual se tendrán en cuenta los datos técnicos del producto. Las características de los recipientes de vidrio presentados, concuerdan con las utilizadas en la industria farmacéuticas en la designación de ampollas de vidrio para colocar medicina de forma liquida o en polvo.

 

Posición arancelaria

- Sección: XIII  Manufacturas de piedra,yeso, fraguable, cemento,amianto,mica o materias análogas, productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas.

 

- Capítulo: 70. Productos Cerámicos

 

- Partida:  70.10

Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; tapones, tapas y demás dispositivos de cierre, de vidrio

 

-Subpartidas

70.10.10.0000 Ampollas

 

Notas Explicativas

Consideraciones generales

Las diversas partidas de este Capítulo comprenden los artículos correspondientes sin distinción en cuanto a las variedades de vidrio que los constituyen

 

Partida Arancelaria

Esta partida comprende el conjunto de recipientes de vidrio de los tipos utilizados comúnmente en el tráfico comercial para envasado o transporte de productos líquidos o sólidos (polvo, granulados, etc.). Entre éstos se pueden citar:

 

  1. C) Las ampollas de vidrio, que se obtienen generalmente a partir de un tubo estirado por las dos extremidades, y después cerrado para utilizarlas como envases de sueros u otros productos farmacéuticos, así como para combustibles líquidos (por ejemplo, ampollas de gasolina para encendedores), productos químicos, etc.

 

  1. D) Los envases tubulares para comprimidos u otros productos farmacéuticos o para usos similares, obtenidos generalmente a partir de tubos trabajados al soplete o por soplado. Los bocales o tarros para conservas se clasifican igualmente en esta partida

 

Tributos vigentes

- Arancel ad valorem:5%

- IVA: 12%

- Fodinfa: 0.5%

- Salvaguardia: 0%

- ICE: 0%

-INEN 1 027

- Código de Unidad Física: Unidades

 

Medidas de restricción y prohibición

- Código de régimen: Todos los regímenes - Corea del Norte

- Institución: Comité de Comercio Exterior

- Tipo de restricción: Prohibición

- Codigo de restriccion: Documento de Control Previo

 

Conclusión

 Se debe tomar en cuenta para los productos cuál sera su función final en el mercado, y según las características técnicas se podra clasificar el producto de una forma correcta

 

Recomendación

Es imprescindible tener en cuenta todos los elementos que intervienen en la clasificación como fichas técnicas, arancel nacional y las notas explicativas. También es necesario empezar con las referencias y el seguimiento de las reglas interpretativas

 

Referencias 

RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS

NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de:

http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

 

CONSULTA DE ARANCEL NACIONAL DEL ECUADOR . Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

ENVASES. AMPOLLAS DE VIDRIO PARA USO FARMACÉUTICO Y COSMÉTICO. DETERMINACIÓN DE LAS DIMENSIONES

https://www.normalizacion.gob.ec/buzon/normas/1934-1R.pdf

 

 

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