El Almacén Especial, es el régimen liberatorio de tributos destinado al aprovisionamiento, reparación y mantenimiento de naves, aeronaves y vehículos (de transporte terrestre) internacionales.
Mercancías Admisibles
Bajo este régimen especial aduanero podrán ingresar repuestos, partes, piezas y provisiones destinados a reparación, aprovisionamiento y mantenimiento de medios de transpones y unidades de carga.
Conservación de la Mercancía
La Mercancía ingresada bajo el régimen de almacén especial deberá permanecer en las instalaciones autorizadas hasta su utilización, y no podrá ser objeto de procesos de transformación o elaboración que modifiquen su estado o naturaleza.
Las gestiones de aprovisionamiento, reparación o adecuación a las que hace referencia este régimen, podrán llevarse a cabo en las instalaciones calificadas o en las zonas primarias en las que se encuentren los medios de transporte o unidades de carga.
Plazo
La autorización de permanencia de Mercancías que ingresen al país bajo el régimen de almacén especial, será de cinco años.
RESUMEN
CONCLUSIONES
Las mercancías objeto de este régimen no podrán ser objeto de transformación, únicamente podrán ser reparadas.
RECOMENDACIONES
estar pendiente del plazo y que no exceda del límite para evitar caer en alguna falta y también evitar la sanción.
FUENTE
AUTOR
Maribel Guevara H.
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