El control aduanero consiste en revisar las mercaderías en cuestión para garantizar que
cumplen con el régimen aduanero en cuestión. La importación, la exportación, el depósito
de mercancías y la constatación de eximición de una tasa son algunos de los procesos
controlados en el marco de un régimen aduanero.
Es importante anotar que control aduanero‖ no sólo hace referencia al control de las
obligaciones emitidas por la Administración Aduanera, sino a las responsabilidades por
parte de las aduanas, tales como disposiciones de mercancías prohibidas o sanitarias que
son emitidas por otras autoridades, pero cuyo control es competencia de las aduanas.

TIPOS DE CONTROLES ADUANEROS


(UE & CAN, 2013) El control aduanero, puede clasificarse en las siguientes categorías:
a) Según momento del control:
Las fases según el momento en que se ejercita el control aduanero,
son explicadas acertadamente en la Decisión 574 de la Comunidad Andina según la
siguiente clasificación:

  • Control anterior, aquel que es ejercido por la administración aduanera antes de la
    admisión de la declaración aduanera de mercancías.
  • Control durante el despacho, aquel que es ejercido desde el momento de la admisión
    de la declaración por la aduana y hasta momento del levante o embarque de las
    mercancías.
  • Control posterior, aquel que es ejercido a partir del levante o del embarque de las
    mercancías despachadas para un determinado régimen aduanero

Control anterior:

es el control ejercido por la administración aduanera
antes de la presentación de la Declaración Aduanera de mercancías. Comprende acciones
de inspección o investigación directa sobre operadores de comercio exterior y Mercancías
seleccionadas a través del sistema de perfiles de riesgo o coordinadas entre La administración aduanera y otras instituciones encargadas del control previo a la
importación de mercancías.
La investigación se podrá extender a las empresas de transporte, a las unidades de carga, al
depósito temporal u otros, para lo cual se podrá determinar inspección física de las
mercancías en presencia del consignatario o su representante, de ser el caso.
Del resultado del control anterior, se podrán tomar acciones previstas en el presente
reglamento para el control concurrente y el control posterior.


Control concurrente:

Es el control ejercido por la administración aduanera desde el
momento de la presentación de la Declaración Aduanera y hasta el momento del Levante o
el embarque de las Mercancías hacia el exterior. Comprende el conjunto de acciones de
control e investigación que se realicen sobre los operadores de comercio exterior y sobre las
mercancías seleccionadas a través del sistema de perfiles de riesgo.
Estos controles serán efectuados de acuerdo a las modalidades de despacho
correspondientes. La Autoridad Aduanera podrá solicitar a los importadores y demás
operadores intervinientes en el proceso, los Documentos de Acompañamiento y de soporte
que acrediten los datos consignados en la Declaración Aduanera, de acuerdo a las
consideraciones contempladas en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e
Inversiones y este Reglamento. Los controles durante el despacho se podrán ejercer en
cualquier lugar de la zona primaria.


Control posterior:

corresponde todas las acciones de verificación de declaraciones
aduaneras o de investigación que se inicien a partir del levante o embarque de mercancías
hacia el exterior despachadas para un determinado régimen aduanero. 

CONCLUSIÓN


Control Aduanero permite evitar fraudes, delitos aduaneros, contravenciones, faltas
reglamentarias, en las personas, objetos y medios de transporte que pretenden evadir a las
autoridades aduaneras.
Este método se podrá extender a las empresas de transporte, a las unidades de carga, al
depósito temporal u otros, para lo cual se podrá determinar inspección física de las
mercancías en presencia del consignatario o su representante, de ser el caso.

BIBLIOGRAFÍA

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