POR QUE USAR ADOQUINES DE VIDRIO
Introducción
Los bloques de vidrio son elementos arquitectónicos muy duraderos y estéticamente agradables que se utilizan ampliamente como ladrillos decorativos, pero sus propiedades físicas los convierten en excelentes materiales para la construcción de envolventes.
Ventaja
- Proporcionan entradas de luz natural con un alto grado de transparencia.
- Cumplen con los requisitos de otros recintos sólidos
- Cámara de aire interior que proporciona aislamiento acústico y térmico
- Alta resistencia a altas temperaturas y factores atmosféricos.
- Están formados por dos gruesos bloques huecos de vidrio y una mezcla de mortero aglomerada con látex acrílico.
- Ideales para hogares con mascotas ya que son resistentes a los arañazos.
- Bajo costo de mantenimiento y fácil reemplazo
Reglas Generales Interpretativas (RGI)
RGI 1
Se usan los títulos de las secciones y capítulos como una referencia de ubicación, por lo que en este caso de acuerdo con el Arancel Nacional del Ecuador, los productos de vidrio se encuentran registrados en la Sección XIII, capítulo 70. vidrio y sus manufacturas por lo que la clasificación se iniciará en este capítulo.
RGI 3
Para encontrar la clasificación adecuada se aplica la regla general 3 a) que menciona que la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Se considera las partida 70.16 Adoquines, baldosas, ladrillos, placas, tejas y demás artículos, de vidrio prensado o moldeado, incluso armado, para la construcción; cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares; vidrieras artísticas (vitrales, incluso de vidrios incoloros); vidrio multicelular o vidrio «espuma», en bloques, paneles, placas, coquillas o formas similares
RGI 6
La regla general de interpretación número 6 menciona que la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida por lo tanto el texto de la subpartida que establece la relacion los objetos decorativos de vidrio para incrustaciones de pared es .
Posición arancelaria
Sección: XIII Manufacturas de piedra,yeso, fraguable, cemento,amianto,mica o materias análogas, productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas.
- Capítulo: 70. Productos Cerámicos
- Partida: 70.16
Adoquines, baldosas, ladrillos, placas, tejas y demás artículos, de vidrio prensado o moldeado, incluso armado, para la construcción; cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares; vidrieras artísticas (vitrales, incluso de vidrios incoloros); vidrio multicelular o vidrio «espuma», en bloques, paneles, placas, coquillas o formas similares
- 7016.10.00.00 Cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con
soporte, para mosaicos o decoraciones similares
Notas Explicativas
Consideraciones generales
Las diversas partidas de este Capítulo comprenden los artículos correspondientes sin distinción en cuanto a las variedades de vidrio que los constituyen
Esta partida comprende un conjunto de artículos de vidrio obtenidos por prensado o moldeado
(combinados o no con soplado), que se utilizan esencialmente para revestimiento de tejados, cúpulas, bóvedas de edificios, así como para paredes exteriores de bodegas, subsuelos, galerías subterráneas, etc., casi siempre combinados con hormigón.
Partida Arancelaria
Esta partida comprende:
2) El cristal ensamblado en vidrieras para viviendas, vidrieras de iglesias, etc., que consiste en paneles, rosetones, etc., formados con cristal, comúnmente coloreado en la masa, coloreado en la superficie o consistente en vidrio llamado antiguo, de cualquier forma, encastrado en perfiles de plomo, con la ranura reforzada a veces con varillas de metal.
3) El vidrio llamado multicelular o vidrio espuma en bloques, paneles, placas, semicilindros y formas similares, obtenido generalmente a partir de vidrio fundido que se trata insuflando aire comprimido o en el que se introducen sustancias volátiles. Se obtiene así un vidrio, incoloro o coloreado, de estructura análoga a la de la piedra pómez, de densidad inferior o igual a 0.5
Tributos vigentes
- Arancel ad valorem:25%
- IVA: 12%
- Fodinfa: 0.5%
- Salvaguardia: 0%
- ICE: 0%
- Código de Unidad Física: Unidades
Medidas de restricción y prohibición
- Código de régimen: Todos los regímenes - Corea del Norte
- Institución: Comité de Comercio Exterior
- Tipo de restricción: Prohibición
- Codigo de restriccion: Documento de Control Previo
Conclusión
Al momento de realizar una clasificación arancelaria se debe considerar todas las partidas en las que este producto o bien se pueda clasificar en este caso se encuentra una pequeña controversia al indicar qué dos mosaicos pueden pertenecer a la categoría de las demás en la partida 70 16 y si no cumplen con las características de estas notas explicativas se deben clasificar en la partida 70 20
Recomendación
En futuras clasificaciones se debe considerar siempre la ficha técnica al igual que tener presente el uso final del producto. En el caso del vidrio se debe reconocer los diferentes niveles.
Referencias
RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS
NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de:
http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
CONSULTA DE ARANCEL NACIONAL DEL ECUADOR . Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comentarios