El pleno del Comité de Comercio Exterior en su resolución No.039-2014 modifica el Arancel del Ecuador (según artículo 1) de conformidad con el siguiente detalle.
En su articulo 2 señala que se agregara en el capitulo 85 la siguiente nota:
La presente Resolución señala también: "Esta resolución fue adoptada en sesión del 17 de noviembre de 2014, y entrará en vigencia a partir de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial"
conclusión:
- los operadores de comercio exterior tendrán que poner en uso los cambios en el arancel para evitar complicaciones y problemas
Autor: Xavier Herrería
Fuente: http://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines
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