¡CONOCE SU CLASIFICACIÓN ARANCELARIA!
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
Abrigo elaborada en tela plana de alpaca para damas.
Composición: Talla: S
82% Baby Alpaca
15% lana 3% Nylon
Presentación:
Se despacha colgado en gancho plástico dentro de una bolsa de plástico transparente, la misma que contiene en su interior una porta ternos doblados. La medida varía dependiendo del modelo y volumen de la prenda.
Origen:
Lima, Arequipa y Cusco
Usos y aplicaciones:
Prenda de vestir
ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA
Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:
RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1.
De esta forma, la partida que se toma en consideración es:
62.02 Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 62.04.
RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida analizando las notas explicativas para su correcta clasificación.
6202.11.00.00 - - De lana o pelo fino
NOTAS EXPLICATIVAS:
- Este Capítulo sólo se aplica a los artículos confeccionados con cualquier textil, excepto la guata y los artículos de punto distintos de los de la partida 62.12.
- Las prendas de vestir de este Capítulo que se cierren por delante de izquierda sobre derecha se considerarán como prendas para hombres o niños, y aquellas que se cierren por delante de derecha sobre izquierda, como prendas para mujeres o niñas. Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda indique manifiestamente que ha sido concebida para uno u otro sexo. Las prendas que no sean identificables, bien como prendas para hombres o niños, bien como prendas para mujeres o niñas, se clasificarán con estas últimas
N.E. Pág 703 -Tomo I, Sexta Enmienda del Sistema Armonizado
SECCIÓN XI - MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
CAPÍTULO 62 - Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto
PARTIDA 62.02 - Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 62.04.
SUBPARTIDA 6202.11.00.00 - - De lana o pelo fino
TRIBUTOS ADUANEROS:
AD VALOREM | 0% |
IVA | 12% |
FODINFA | 0.5% |
ARANCEL ESPECÍFICO | 5.5% |
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:
Restricciones | No aplica restricciones |
Prohibiciones | La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte. |
CONCLUSIÓN
De acuerdo al análisis realizado sobre su composición, uso y aplicación se puede concluir que, sujetos a la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, a la mercancía denominada “Abrigo de Alpaca”, se debe clasificar en la subpartida 6202.11.00.00 - - De lana o pelo fino.
RECOMENDACIÓN
Se debe conocer claramente las características y función de un producto, para determinar correctamente los tributos aduaneros, restricciones y prohibiciones. Es importante guiarse de las notas explicativas ya que amplía la información de las partidas y subpartidas permitiendo así la determinación óptima de la subpartida.
REFERENCIAS
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Ecuador, I. (2023, enero 6). Reglas de Interpretación Arancelaria NANDINA. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglas-de-interpretacion-arancelaria-nandina/
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