ABRIGO LARGO DE ALPCA

¡CONOCE SU CLASIFICACIÓN ARANCELARIA!11151825698?profile=RESIZE_584x

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Abrigo elaborada en tela plana de alpaca para damas.

            Composición:                                               Talla: S

                        82% Baby Alpaca                                     

                        15% lana 3% Nylon

            Presentación:

Se despacha colgado en gancho plástico dentro de una bolsa de plástico transparente, la misma que contiene en su interior una porta ternos doblados. La medida varía dependiendo del modelo y volumen de la prenda.      

         Origen:

                        Lima, Arequipa y Cusco

            Usos y aplicaciones:

                        Prenda de vestir

ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA 

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

RGI 1Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si  no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1.

De esta forma, la partida que se toma en consideración es: 

62.02 Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 62.04.

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida analizando las notas explicativas para su correcta clasificación.

6202.11.00.00 - - De lana o pelo fino

NOTAS EXPLICATIVAS: 

  1. Este Capítulo sólo se aplica a los artículos confeccionados con cualquier textil, excepto la guata y los artículos de punto distintos de los de la partida 62.12.
  2. Las prendas de vestir de este Capítulo que se cierren por delante de izquierda sobre derecha se considerarán como prendas para hombres o niños, y aquellas que se cierren por delante de derecha sobre izquierda, como prendas para mujeres o niñas. Estas disposiciones no se aplicarán cuando el corte de la prenda indique manifiestamente que ha sido concebida para uno u otro sexo. Las prendas que no sean identificables, bien como prendas para hombres o niños, bien como prendas para mujeres o niñas, se clasificarán con estas últimas

N.E. Pág 703 -Tomo I, Sexta Enmienda del Sistema Armonizado

SECCIÓN               XI - MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

CAPÍTULO            62 - Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los   de punto

PARTIDA               62.02 - Abrigos, chaquetones, capas, anoraks, cazadoras y artículos                 similares, para mujeres o niñas, excepto los artículos de la partida 62.04.

SUBPARTIDA        6202.11.00.00  - - De lana o pelo fino

 

TRIBUTOS ADUANEROS:

AD VALOREM

0%

IVA

12%

FODINFA

0.5%

ARANCEL ESPECÍFICO

5.5%

 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:

Restricciones

No aplica restricciones 

Prohibiciones 

La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte.

CONCLUSIÓN

De acuerdo al análisis realizado sobre su composición, uso y aplicación se puede concluir que, sujetos a la  Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, a la mercancía denominada “Abrigo de Alpaca”, se debe clasificar en la subpartida 6202.11.00.00 - - De lana o pelo fino.

RECOMENDACIÓN

Se debe conocer claramente las características y función de un producto, para determinar correctamente los tributos aduaneros, restricciones y prohibiciones. Es importante guiarse de las notas explicativas ya que amplía la información de las partidas y subpartidas permitiendo así la determinación óptima de la subpartida.

REFERENCIAS

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Ecuador, I. (2023, enero 6). Reglas de Interpretación Arancelaria NANDINA. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglas-de-interpretacion-arancelaria-nandina/

 

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